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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #747234  por TAN
 
Hola Gente.
Tengo algo de confusion en este tema, hay muchas opiniones encontradas, por lo que recurro a ustedes para tomar la suya.
El accidente se produjo el 13/09/2008, la denuncia se realiza el 11/05/2009. La Art. le otorga el Alta el 18/05/2009 y el trabajador que continuó muy dolorido se operó de columna n su obra social. Si inició el reclamo en Comision Medica, asesorado por un colega y la fecha de dictamen en 11/03/2010, denegandole toda incapacidad.
Donde comienza a correr el plazo de prescripcion entonces?
mcuhas gracias por su opinión.
TAN
 #747255  por MORGAN
 
habría que ver la magnitud del daño. generalmente se cuenta desde que el daño está consolidado.
ej. si hubo una amputación el cómputo es desde el momento del accidente, en cambio, si se trata de una afección que genera un proceso incapacitante se cuenta desde que se toma conocimiento de lo irreversible de ese proceso, o sea desde que se tiene certeza que el daño está consolidado.