Estimados colegas, tengo la siguiente duda y no he encontrado jurisprudencia. Si la persona presta servicios de niñera y además hace tareas domésticas, 4 horas por día y cinco días a la semana ¿es contrato de trabajo, locación de servicios o servicio doméstico?. ¿hay algún fallo que analice el tema?. Gracias.
martinbraganti escribió:Estimados colegas, tengo la siguiente duda y no he encontrado jurisprudencia. Si la persona presta servicios de niñera y además hace tareas domésticas, 4 horas por día y cinco días a la semana ¿es contrato de trabajo, locación de servicios o servicio doméstico?. ¿hay algún fallo que analice el tema?. Gracias.
Domestica, entra en el decreto y se entra dentro de lo que es una relación laboral.
Lee el decreto 326 56 y decreto reglamentario 7979 56
