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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #741481  por jbaroff
 
Estoy con un tema de varias demandas contra una empresa.

Mi miedo es que el monto de las demandas supere el capital de la empresa, y vaya a quiebra, ya que hizo un cambio de razon social hace pocos meses, y yo intuyo que fue precisamente para evadir los pagos de las indemnizaciones que se vienen.

La tarea se desarrollaba en un lugar alquilado por una segunda empresa, que gano una licitacion para llevar a cabo el proyecto y en una de las etapas del proyeto contrato a esta empresa que cambio de nombre, que a su vez, contrato al personal por una empresa de servicios eventuales. Esta contratacion entre empresas esta probada por ellas mismas en su pagina web, en donde una dice que tiene a la otra como cliente.

Ahora, como planteo el tema para que la empresa que alquilaba el lugar y ganadora de la licitacion quede con responsabilidad solidaria frente a los empleados que trabajaban para la empresa que contrato a su vez por empresa de servicios eventuales?

Estan dados todos los requisitos de eventualidad, no hay fraude en ese aspecto, pero a mi me hace rudio esto de la empresa en el medio, que pareciera ser una creacion de la ganadora de la licitacion para evadir precismante los problemas laborales. El contacto entre las dos empresas era muy estrecho, todo los dias, varias veces por dia, los gerentes de la ganadora de la licitacion venian a supervisar el trabajo de los de la empresa usuaria de servicios.

Gracias por la ayuda!
 #742549  por FroyNavarro
 
jbaroff escribió:Estoy con un tema de varias demandas contra una empresa.

Mi miedo es que el monto de las demandas supere el capital de la empresa, y vaya a quiebra, ya que hizo un cambio de razon social hace pocos meses, y yo intuyo que fue precisamente para evadir los pagos de las indemnizaciones que se vienen.

La tarea se desarrollaba en un lugar alquilado por una segunda empresa, que gano una licitacion para llevar a cabo el proyecto y en una de las etapas del proyeto contrato a esta empresa que cambio de nombre, que a su vez, contrato al personal por una empresa de servicios eventuales. Esta contratacion entre empresas esta probada por ellas mismas en su pagina web, en donde una dice que tiene a la otra como cliente.

Ahora, como planteo el tema para que la empresa que alquilaba el lugar y ganadora de la licitacion quede con responsabilidad solidaria frente a los empleados que trabajaban para la empresa que contrato a su vez por empresa de servicios eventuales?

Estan dados todos los requisitos de eventualidad, no hay fraude en ese aspecto, pero a mi me hace rudio esto de la empresa en el medio, que pareciera ser una creacion de la ganadora de la licitacion para evadir precismante los problemas laborales. El contacto entre las dos empresas era muy estrecho, todo los dias, varias veces por dia, los gerentes de la ganadora de la licitacion venian a supervisar el trabajo de los de la empresa usuaria de servicios.

Gracias por la ayuda!
A ver si no me equivoco. Si podés probar que la asociación de empresas se lleva a cabo a fin de violar derechos de terceros (en este caso laborales) por la teoría del corrimiento del velo societario de la LSC podrías ir contra los titulares de las mismas.
Por otra parte, si hubo un cambio de nombre en la empleadora no sería problema ya que la sociedad que figura como adquirente contrae todas las obligaciones asumidas por quien transfiere el dominio de la empresa, de modo que los trabajadores no pierden sus derechos ya adquiridos (225 LCT).

con respecto al tema de la solidaridad andá por el lado de los artículos 29 y 30 LCT, sobre todo este último. Más si la actividad de la empleadora hace a lo que se denomina ACTIVIDAD NORMAL ESPECIFICA y PROPIA de la contratante principal, con lo que podrías demostrar la configuración del fraude.

Sobre esto último te recomiento un articulo del Dr. Ricardo Guibourg que se llama "ANALISIS DE CRITERIOS DE DECISION JUDICIAL. EL ARTÍCULO 30 DE LA LCT. RESULTADOS DE UNA IINVESTIGACIÓN"
 #742551  por FroyNavarro
 
jbaroff, el artículo que te digo lo conseguís facilmente en internet. Si no avisame y veo como te lo paso que lo debo tener por ahi. Espero sirva, Salú!
 #742554  por jbaroff
 
FroyNavarro escribió:jbaroff, el artículo que te digo lo conseguís facilmente en internet. Si no avisame y veo como te lo paso que lo debo tener por ahi. Espero sirva, Salú!
buenisimo, voy a intentar conseguirlo!

Por lo que pude ver el cambio de nombre no es para fraude en si.

Quizas el cambio de nombre obedece a algun otro tema, ya que ambas empresas tienen una UTE para trabajar con el gobierno de la ciudad hasta 2013.

La actividad especifica de la empresa que alquila el predio no es la de la usuaria de servicios eventuales, pero es imposible cumplir con la licitacion que gano sin la intervencion de los empleados eventuales contratados por esta ultima.

Para ser claros, la empresa A gana la licitacion para digitalizar la informacion de una enorme cantidad de planillas. Contrata a una empresa X para escanear las planillas y otra empresa B para verificar o corregir los errores en la digitalizacion electronica de esos escaneos.

La empresa X pone su propio personal ya que con 4 o 5 personas le alcanza, la empresa B contrata exclusivamente personal eventual (varios cientos) ya que es un evento inusual semejante cantidad de trabajo.

Terminado el trabajo, las empresas de servicios eventuales que proveyeron personal a la empresa A despiden a los trabajadores, sin pagar indemnizacion. Ahi es donde entro yo, reclamando esa indemnizacion en principio contra las empresas de servicios eventuales, y en solidaridad con B y mi idea era solidarizar a A.
 #742557  por monica1
 
De acuerdo a lo que yo entiendo encuadra más con el art. 30 LCT, de todos modos no dejaría de mencionar también de introducir la posibilidad del 29 LCT, también pondría el art. 14 (fraude). En rigor de verdad, como he visto que en varias oportunidades a posteado Etalm, es el juez quien conoce el derecho y el que lo va a aplicar.
Saludos
Moni
 #743017  por jbaroff
 
Muchisimas gracias a los dos.

Consegui el texto del Dr. Guibourg, ahora a ponerse a leer, vi que en varios fallos lo citan, me vino muy bien la info.

Son mis primeros casos laborales, desconocimiento profundo en la materia todavia, tengo especializacion en otras areas, pero en mi caso a pesar de cursos, promedios en la carrera/especializaciones, seminarios etc. no logre ubicarme como profesional en esas materias, asi que estoy intentando por aca, pareceria que tengo un poco mas de aptitud (o actitud?) para conseguir clientes. Y realmente los profesionales que me redeaban con posgrados laborales tienen un desconocimiento mas profundo que el mio en materia de empresas de servicios eventuales, y pague caro yo (y los clientes que tanto almento haber mandado) la confianza depositada. Creo que si un profesional no sabe de un tema, deberia reconocerselo al menos a otro profesional cuando se trata de clientes enviados por un tema puntual.
 #743484  por FroyNavarro
 
Coincido plenamente con el final de tu comentario anterior. Todos no podemos saber de todo. Me alegra que te haya servido lo de Guibourg, es muy bueno. Para lo que te pueda ayudar, humildemente.... Salú!