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  • Fotos sin aviso en supervision

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #742276  por hernan10663
 
Buenos días
Se me planteo el siguiente conflicto: A los trabajadores les sacan fotos sin avisarles, en tareas de supervision que pone la empresa en la calle, luego con estas pruebas la empresa las sanciona. La pregunta es: vulnera el derecho de intimidad que les saquen fotos sin previo aviso? Quieren hacer una medida de fuerza y quieren saber si están amparados. La realidad es que no encontré jurisprudencia al respecto. Agradecería si alguien tiene algún comentario.
 #742287  por flux
 
Para mi si daria para la medida de fuerza.

Habria que ver cuando suspendieron como comunicaron la suspension, en caso de que identifiquen bien el hecho habria que ver si las fotos son suficiente prueba de ese hecho (la foto hay muchas cosas que no dice, salvo que aparezca el trabajador matando a alguien claro y con el cuchillo en una mano y el cuello del muerto en la otra). Aun si las fotos fueran suficiente prueba, las fotos no dicen fecha ni horario (lo que diga el fechador negalo y listo, es prueba no fechaciente). Si o si van a necesitar mas pruebas que solo las fotos.

Si las fotos violan la intimidad, depende, depende de en que momento y lugar se hayan sacado, no es lo mismo el baño y sentado en el trono (se la hicieron a un amigo mio esa, pero aquel se metia a hacer eso pero dormia sentado en el trono con esa excusa de que tenia el estomago flojo) que en un lugar que no viole la intimidad
 #742301  por hernan10663
 
Muchas gracias, la verdad es la primera vez que me toca algo asi.
Me encanto lo ultimo, es verdad, yo estudie por lo mismo. Un abrazo
 #742329  por agentil
 
Además de lo dicho por flux, comento que debe analisarse objetivamente la causa por la cual el empleador hace sacar las fotos, osea, si es justificado ese control. Y también deben estár avisados los trabajadores de que se utilizara ese ,metodo para controlar.

saludos!
 #742550  por flux
 
Eso es algo que nunca pude entender, desde cuando el empleador tiene que avisar que usara ese medio para controlar? acaso no es el empleador y dueño del establecimiento? osea que hay que preavisarlos a los empleados al estilo "eh, no se manden cagadas, miren que estoy mirando con una camara!". Esa obligacion estaria bueno ver como discutirla, porque ya es un desproposito que el empleador tenga que avisar que va a controlar y como va a hacerlo.
 #742589  por agentil
 
flux escribió:Eso es algo que nunca pude entender, desde cuando el empleador tiene que avisar que usara ese medio para controlar? acaso no es el empleador y dueño del establecimiento? osea que hay que preavisarlos a los empleados al estilo "eh, no se manden cagadas, miren que estoy mirando con una camara!". Esa obligacion estaria bueno ver como discutirla, porque ya es un desproposito que el empleador tenga que avisar que va a controlar y como va a hacerlo.
Bueno yo entiendo que es en virtud del principio de buena fe. Sería algo como el que avisa no traiciona jaja.

Es lo mismo que en los tcl donde vos apercibis de algo, estás dando aviso de que si se incumple o sigue incumpliendo tal obligación harás efectivo el apercibimiento. Es por eso que no te podés considerar despedido de una, tenes que dar la oportunidad, en este caso yo lo interpreto de la misma forma.

saludos!
 #742592  por eltam88
 
flux escribió:Eso es algo que nunca pude entender, desde cuando el empleador tiene que avisar que usara ese medio para controlar? acaso no es el empleador y dueño del establecimiento? osea que hay que preavisarlos a los empleados al estilo "eh, no se manden cagadas, miren que estoy mirando con una camara!". Esa obligacion estaria bueno ver como discutirla, porque ya es un desproposito que el empleador tenga que avisar que va a controlar y como va a hacerlo.
Tiene que ver también con la preservación de la intimidad del trabajador. Sabe que se lo esta filmando y con ello se privara de realizar ciertos "gestos" (se rascaba habitualmente la cola ahora se cuidara jajaj)
 #742608  por hernan10663
 
Lo estuve viendo el tema, me da la sensacion que por donde se podria encarar es desde el punto de vista que los sistemas de control "deberian" ser conocidos por todos. Me inclino por el principio de buena fe que debe regir entre empleador y trabajador. Pero lo voy a seguir estudiando y lo comento.
 #742810  por DAL
 
Pero estan en la via publica. No hay "privacidad" alli. Es evidente que los encontraron haciendo algo que no es trabajar, en horario laboral. Entonces, de la foto, surge que es horario laboral??? o lo dice la empresa??
 #742834  por DrCiclón
 
Argumentos en el fallo Armella creo que con aerolineas era, (derecho a la objeción de conciencia), busca material sobre derechos inespecificos, como el derecho a la intimidad y a la imagen. el TSC de España tiene fallos muy interesantes en ese sentido.

Algo de la LCT para tener en cuenta.

Art. 70. —Controles personales.

Los sistemas de controles personales del trabajador destinados a la protección de los bienes del empleador deberán siempre salvaguardar la dignidad del trabajador y deberán practicarse con discreción y se harán por medios de selección automática destinados a la totalidad del personal.

Los controles del personal femenino deberán estar reservados exclusivamente a personas de su mismo sexo.

Art. 71. —Conocimiento.

Los sistemas, en todos los casos, deberán ser puestos en conocimiento de la autoridad de aplicación.

Art. 72. —Verificación.

La autoridad de aplicación está facultada para verificar que los sistemas de control empleados por la empresa
 #742943  por nonbis
 
DAL escribió:Pero estan en la via publica. No hay "privacidad" alli. Es evidente que los encontraron haciendo algo que no es trabajar, en horario laboral. Entonces, de la foto, surge que es horario laboral??? o lo dice la empresa??
Coincido con DAL acerca de la exposición pública y sus consecuencias jurídicas. En ámbito de daños, por ejemplo en situaciones en las que se ha visto de manera pública a personas cometiendo alguna acción a lo menos reñida con la moral, se ha establecido que la intimidad no ha sido atacada por registrar esos hechos y que quien los comete se ha expuesto de manera voluntaria al registro. Lo mismo ha sucedido en varios fallos polémicos de la CSJN acerca de las "cámaras ocultas". Creo que lo más endeble es la constatación de que las fotos fueron tomadas en día, horario y ocasión de trabajo para que puedan ser fundamento de sanción. Si no hubo acta notarial que certifique esas circunstancias, creo que hay varios argumentos para invalidarlas como prueba.-