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  • DESPIDO INDIRECTO: DESDE CUANDO???

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #740726  por dhabogada
 
Hola colegas, les comento que estoy con el intercambio telegráfico aun y me surgió la siguiente duda:
envié 1º TCL intimando registración LNE en fecha 24/06,
el 25/06 me figura domicilio cerrado-1º visita-,
y el 29/06 2º visita.
y el 7/07 plazo vencido para retirar el TCL, por lo que vuelve a mi cliente...
Pero desde cuando comienzo a contar plazo 30 días para poder considerar despido indirecto ante la falta de respuesta a mi intimación de registracion???
 #740731  por eltam88
 
Reiteralo. Tomalo desde la primer visita, pues no se notificó por culpa del empleador.
Intimaste solo registración?
Pues si intimaste a registrar con alguna otro incumplimiento que amerite extinguir el contrato no es necesario esperar los 30 días. Pero igual reitera intimación.(si es prov. esto es doctrina SCBA)
 #740737  por dhabogada
 
Hola, si es en provincia, intimé por la negativa d tareas también. Y ya reiteré el TCL y me volvió devuelto por dirección inexistente (porque sacaron las chapas de la numeración)
 #741329  por eltam88
 
Tendrías que comprobar esto último, creo que si el primero fue a ese lugar, luego va de nuevo pero ahora falta la chapa existe una actitud totalmente culpable de la accionada.