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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #739417  por titoheredia
 
Estimados compañeros del portal, les escribo para sacarme una duda:
Un cliente sufrio un accidente de trabajo en un camion, le otorgaron el %51 de incapacidad provisoria, la semana entrante le hacen una entrevista con una licenciada que intentara establecer el grado de incapacidad y su posible reubicacion en el trabajo. Despues de eso viene el dictamen medico de la ART que determine la incapacidad y le seguidamente le otorguen el alta.
¿ Que plazo hay para planter en la comisiones medicas de la SRT la revision de la incapacidad?
¿ Como hago para establecer cual es realmente el grado de incapacidad ?
¿ Como saco la Indemnizacion debida al trabajador ?
Espero sepan disculpar las molestias
Muchisimas Gracias
 #739865  por chichoar
 
titoheredia escribió:Estimados compañeros del portal, les escribo para sacarme una duda:
Un cliente sufrio un accidente de trabajo en un camion, le otorgaron el %51 de incapacidad provisoria, la semana entrante le hacen una entrevista con una licenciada que intentara establecer el grado de incapacidad y su posible reubicacion en el trabajo. Despues de eso viene el dictamen medico de la ART que determine la incapacidad y le seguidamente le otorguen el alta.
¿ Que plazo hay para planter en la comisiones medicas de la SRT la revision de la incapacidad?
¿ Como hago para establecer cual es realmente el grado de incapacidad ?
¿ Como saco la Indemnizacion debida al trabajador ?
Espero sepan disculpar las molestias
Muchisimas Gracias

para qué vas a ir a la Comisión Médica?? es perder el tiempo.

iniciá demanda directamente.
 #740158  por titoheredia
 
¿Es conveniente iniciar directamente la demanda, por que? ¿conforme a reiterados fallos de la CSJN, la demanda se interpone en el fuero laboral provincial?
 #740159  por titoheredia
 
¿No es necesario ir previamente a las Comisiones medicas, y despues a la comision medica central?
 #759882  por chichoar
 
titoheredia escribió:¿No es necesario ir previamente a las Comisiones medicas, y despues a la comision medica central?
no, porque tenés que plantear la inconstitucionalidad del procedimiento administrativo. a la vez la competente es la Justicia Laboral por declararse inconstitucional la vía judicial federal.
 #760026  por Romina34
 
coincido. espera la incapacidad que da la ART, luego hacer ver a tu cliente por un médico para que te confirme si el % esta bien o corresponde otro. si en realidad el % debería ser mayor, por indicación del médico al que consultaste, avanza con la demanda. las comisiones médicas lo único que harán será confirmar el % que dió la ART.
Saludos,