ESTIMADOS COLEGAS:
Estoy teniendo un problema interpretativo con el art. 14 inc 4 CCT 108/75
" ARTICULO 14º: REMUNERACIONES SOBRE BÁSICO: Sin perjuicio de las remuneraciones básicas establecidas en el Artículo 13º, corresponden los siguientes adicionales: ....
4: El personal que tuviere que desempeñar tareas de una categoría superior a la que corresponde a su categoría, recibirá por el tiempo que desempeñe tal función, la remuneración correspondiente a dicha categoría superior, pero en caso alguno la diferencia será inferior al 10% sobre su sueldo básico, ni menos de media jornada aunque el tiempo de reemplazo sea inferior. Si el personal tuviere que desempeñarse en tareas no habituales que no tienen prevista una remuneración superior, percibirá mientras las desempeña un 10% sobre su sueldo básico y también se computará un mínimo de media jornada.
Se exceptúa en el caso de "categorías polivalentes" que se rigen por el dispuesto para tales supuestos en el art. 5º. (Conf. Acta 20/01/92)..."
Mi cliente trabajaba las últimas tres horas de su jornada realizando tareas de una categoria superior. Quiero reclamar las diferencias salariales pero no entiendo como aplicar este articulo para realizar los cálculos ...
Si saco la diferencia entre el valor hora de su categoria y el valor hora de la categoría superior, el resultado me da un numero inferior al "...inferior al 10% sobre su sueldo básico..."
Me parece que lo mas lógico sería reclamar el 10% del salario basico .....
Por favor Ayuda
Estoy teniendo un problema interpretativo con el art. 14 inc 4 CCT 108/75
" ARTICULO 14º: REMUNERACIONES SOBRE BÁSICO: Sin perjuicio de las remuneraciones básicas establecidas en el Artículo 13º, corresponden los siguientes adicionales: ....
4: El personal que tuviere que desempeñar tareas de una categoría superior a la que corresponde a su categoría, recibirá por el tiempo que desempeñe tal función, la remuneración correspondiente a dicha categoría superior, pero en caso alguno la diferencia será inferior al 10% sobre su sueldo básico, ni menos de media jornada aunque el tiempo de reemplazo sea inferior. Si el personal tuviere que desempeñarse en tareas no habituales que no tienen prevista una remuneración superior, percibirá mientras las desempeña un 10% sobre su sueldo básico y también se computará un mínimo de media jornada.
Se exceptúa en el caso de "categorías polivalentes" que se rigen por el dispuesto para tales supuestos en el art. 5º. (Conf. Acta 20/01/92)..."
Mi cliente trabajaba las últimas tres horas de su jornada realizando tareas de una categoria superior. Quiero reclamar las diferencias salariales pero no entiendo como aplicar este articulo para realizar los cálculos ...
Si saco la diferencia entre el valor hora de su categoria y el valor hora de la categoría superior, el resultado me da un numero inferior al "...inferior al 10% sobre su sueldo básico..."
Me parece que lo mas lógico sería reclamar el 10% del salario basico .....
Por favor Ayuda
