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  • dama de compania y servicios domestico despido

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #737372  por kitty1234
 
Hola colegas en el caso de despido de dama de compania y servicios domesticos de un anciano durante 9 meses le pagaban $1.500 mensual voy por la empleadora cuanto le corresponderia de indemnizacion , creo que el sueldo esta en $2.037 mensual .Calculo la diferencia faltante de $500, le corresponde medio sueldo por indemnizacion (no trabajo el año), y preaviso y vacaciones como se calculan ? Saludos
 #737389  por oxelote
 
Dama de compañía "y" servicio doméstico?

Mirá, servicio doméstico tiene un régimen especial, con indeminzaciones menguadas, tendrías que estudiar este régimen y ver si se encuentra incluído allí, para lo que tiene que trabajar una determinada cantidad de horas y días, de lo contrario se encuentra excluído del régimen.-

Saludos y suerte *suerte*
 #737395  por kitty1234
 
Hola gracias por contestarme la crta documento intimado lo hce por la categoria dma de compania y servicio domestico , me fije en el dereto 356/56 y dama de compania esta incluida en la primer categoria, por eso entiendo que tengo que calcular la liquidacion por el regimen del ervicio domestico, si fuera por cuidado de enfermo que no es el caso si etaria excluido , que opinan ? Saludos
 #737458  por monica1
 
Si lo podés probar está bien. Para probar con testigos vas a tener que conseguir que sean testigos que trabajaban dentro o proveedores que llevaban mercadería a la casa (ej: repartidor de bidones de agua, etc). Testigos que no hayan estado dentro de la casa no. Si es en un edificio de departamento o en un country, podés probar con otras empleadas que trabajen en otras casas.
Saludos
Moni
 #737556  por kitty1234
 
Hola Moni entiendo que si la empleada mando la cd encuandrose como dama de compania y servicios domestico me facicito el terreno ella misma se encuadra en esa catagoria.Saludos

e
 #737571  por eltam88
 
kitty1234 escribió:Hola Moni entiendo que si la empleada mando la cd encuandrose como dama de compania y servicios domestico me facicito el terreno ella misma se encuadra en esa catagoria.Saludos

e
Y si. Lee bien el decreto que esta claro lo de la indem. Derecho a indem por antigüedad tienen cuando hace más de un año que trabajan.
Preaviso si tenés que pagarle, vacacc proporcionales, sac proporcional y las diferencias de sueldo. Eso sería todo lo que puede reclamarte.
Ojo si reconoces la relación laboral después vas a tener que pagar los aportes pertinentes omitidos.
 #737658  por kitty1234
 
HOLA otra consulta como la empleada trabajaba en negro y intima alegando despido verbal ya le contestamos rechazando por improcedente pero a los efectos de arreglar si bien abono la diferencia de sueldo, preaviso 5 dias , Sac y como la relacion laboral es de 9 meses no le corresponde antiguedad, ni vacaciones , pero como es el tema de la indemnizacion si se considera despedida sin justa causa , de acuero al art 9 y 11 de la ley 24.013 bajo apercibimiento de lo ispuesto en el art 15 de la misma ley , sino registra la relación en registro conforme art 52 LCT . COMO CALCULO ? saludos
 #737681  por eltam88
 
kitty1234 escribió:HOLA otra consulta como la empleada trabajaba en negro y intima alegando despido verbal ya le contestamos rechazando por improcedente pero a los efectos de arreglar si bien abono la diferencia de sueldo, preaviso 5 dias , Sac y como la relacion laboral es de 9 meses no le corresponde antiguedad, ni vacaciones , pero como es el tema de la indemnizacion si se considera despedida sin justa causa , de acuero al art 9 y 11 de la ley 24.013 bajo apercibimiento de lo ispuesto en el art 15 de la misma ley , sino registra la relación en registro conforme art 52 LCT . COMO CALCULO ? saludos
Si es doméstica no se aplica LCT y tampoco LNE 24013.
 #737683  por eltam88
 
eltam88 escribió:
kitty1234 escribió:HOLA otra consulta como la empleada trabajaba en negro y intima alegando despido verbal ya le contestamos rechazando por improcedente pero a los efectos de arreglar si bien abono la diferencia de sueldo, preaviso 5 dias , Sac y como la relacion laboral es de 9 meses no le corresponde antiguedad, ni vacaciones , pero como es el tema de la indemnizacion si se considera despedida sin justa causa , de acuero al art 9 y 11 de la ley 24.013 bajo apercibimiento de lo ispuesto en el art 15 de la misma ley , sino registra la relación en registro conforme art 52 LCT . COMO CALCULO ? saludos
Si es doméstica no se aplica LCT y tampoco LNE 24013.
tampoco 25323
 #737692  por kitty1234
 
Hola gracias por contestar la duda me surgio si bien intima en la categoria de dama .......a su vez intima por el plazo de 30 días registre la relación laboral en los registros del art 52 LCT o en su caso el que haga sus veces y en los rgistros del rt 18 inc a ) LE conforme art 9 y 11 ley 24.013 bajo apercibimiento de lo dispuesto art 15 de la misma ley. Informa que remite copia AFIP-GDI cumplimiento art 11 inc b ley 24.013 .LA duda es el caso de considerarse despedida por justa causa la indemnizacion se calcula por domestica o por ley 24-013? .Saludos
 #737833  por eltam88
 
El juez onoce el derecho. El trabajador puede pedir lo que se le antoje, que corresponda o no depende de si lo ampara el derecho(o que el juez entienda tal o cual cosa). Si encuadra en doméstica no van esas leyes, que pida lo que quiera en los telegramas.
 #737839  por kitty1234
 
Si lei jurisprudencia donde reitera que la domestica no es alcanzada por estas leyes lo pone a titulo intimidatorio pero no corresponde Muchas gracia por contestarme y disculpen si fui muy reiterativa.Saludos.
 #737904  por eltam88
 
kitty1234 escribió:Si lei jurisprudencia donde reitera que la domestica no es alcanzada por estas leyes lo pone a titulo intimidatorio pero no corresponde Muchas gracia por contestarme y disculpen si fui muy reiterativa.Saludos.
El juez decidirá.