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  • Trabajo en negro.. despido...

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #736867  por MFRA
 
Hola .. tengo un par de dudas :(

Les cuento el caso..Ingresó en marzo de 2010, le dijeron que lo tenían tres meses a prueba y luego veían... siguió en negro hasta 27 de junio de 2011. ese día lo despidieron verbalmente, el día siguiente 28/6 fue a cobrar su sueldo y en la tarde mandó CD pidiendo que le aclaren su situación laboral o lo indemnicen...

DUDAS:
1. Mandó una cd común ... no la de la ley 23.789... está bien igual? o tiene que utilizar sí o sí el telegrama o cd laboral ???

2. No especificó tipo de tareas que cumplía ni remuneraciones etc etc... sólo manifestó que se aclare su situación laboral y que caso contrario, sea indemnizado.... la pregunta es: ES NECESARIO y/o OBLIGATORIO detallar todoooooo eso en una primer carta doucmento?

3. El 1 de julio recibe contestación a su CD... está aun a tiempo para mandar una nueva CD y aclarar los datos de su relación laboral??? o resulta extemporaneo?? fue despedido el 27 y el 28 de junio mando cd común (les recuerdo) ...
Si lo hace.. es aconsejable que sea de la ley 23.789?? ´

Algún modelo..??

Gracias"!!
 #736957  por matias256
 
1) Hola porque gasta en mandar una CD, cuando lo puede hacer po un TCL que es gratis. Es por una cuestión de no hacerle gastar al trabajador plata innecesariamente, cuando tiene una telegrama laboral gratuito.
2) El tema es que no intimó a registrar la relación laboral por la 24.013. Por lo que no puede reclamar las multas que establece esa ley. Si la del art. 1 de la ley 25.323. Pero reclamá a que la abonen.
3) No sé cual fue la respuesta del emplador, si el empleador lo despidió, seguramente habra puesto que está a disposición la liquidación final. Si no lo despidió el empleador, todavía la relación está vigente por lo que podés intentar reclamar a que se registre la relación laboral por la 24.013.
Saludos.
 #737013  por eltam88
 
Seguro te negaron todo pues estaba en negro no?
Si bien como dice matias la relación esta vigente pero al negarte la relación laboral no se como jugaría el tema de la 24013, igual requerí registración bajo apercibimiento de las multas y de considerarte despedido.
Envia telegrama que es gratis.
 #737065  por agentil
 
MFRA escribió:Hola .. tengo un par de dudas :(

Les cuento el caso..Ingresó en marzo de 2010, le dijeron que lo tenían tres meses a prueba y luego veían... siguió en negro hasta 27 de junio de 2011. ese día lo despidieron verbalmente, el día siguiente 28/6 fue a cobrar su sueldo y en la tarde mandó CD pidiendo que le aclaren su situación laboral o lo indemnicen...

DUDAS:
1. Mandó una cd común ... no la de la ley 23.789... está bien igual? o tiene que utilizar sí o sí el telegrama o cd laboral ???

2. No especificó tipo de tareas que cumplía ni remuneraciones etc etc... sólo manifestó que se aclare su situación laboral y que caso contrario, sea indemnizado.... la pregunta es: ES NECESARIO y/o OBLIGATORIO detallar todoooooo eso en una primer carta doucmento?

3. El 1 de julio recibe contestación a su CD... está aun a tiempo para mandar una nueva CD y aclarar los datos de su relación laboral??? o resulta extemporaneo?? fue despedido el 27 y el 28 de junio mando cd común (les recuerdo) ...
Si lo hace.. es aconsejable que sea de la ley 23.789?? ´

Algún modelo..??

Gracias"!!
LA VERDAD QUE HAY QUE VER BIEN QUE DICEN LA 1º CD Y SU CONTESTACIÓN PORQUE NO ESTA MUY CLARO A QUE INTIMO. PUSISTE aclare su situación laboral, ACLARE QUE COSA DE LA RELACION LABORAL. SÉ MAS ESPECIFICO POR FAVOR.
SALUDOS!
 #737134  por MFRA
 
Muchas gracias por responder ..

Sí .. le hicieron mandar una CD común no sé porqué.. pero bueno ..en adelante será la de la ley que es gratis .. me preocupaba que no tuviera el mismo valor.. una duda menos .. GRACIAS!!
Aclaración 1. porque yo no intervine en esta etapa... recién me llega el tema con la contestación a la cd enviada en primer lugar...

En la 1ra. cd trabajador solicita...
"Atento despido verbal manifestado por el administrador XX efectuado en el día de la fecha, solcicito se proceda a aclarar mi situación laboral mantenida desde mes de mayo de 2010, rectificando o ratificando el mismo y, en este último caso poniendo a mi disposición indemnizaciones y aportes de ley y certificado laboral. Caso contrario me veré obligado a iniciar acciones judiciales en reclamo de mis derechos y efectuar denuncia por despido injustificado..."
(Fechada 28 de junio)

A lo que le contestan:
"EN representación de NN, en mi carácter de apoderado y siguiendo sus precisas instrucciones, rechazo en todos sus términos su aviesa comunicación postal CD xxxxxxxxxxxx, por improdecente, falaz y maliciosa. Niego rotundamente la existencia de relación laboral que falazmente invoca, dado que Ud. nunca se desempeñó en relación de dependencia a mis órdenes. Niego el carácter invocado del Sr. XX, y mucho menos que éste lo hubiera despedido verbalmente puesto que, insisto, ud. nunca fue empleado de mi mandante. En consecuencia se niega y rechaza tener que aclarar situación alguna con ud. , negándose de igual manera adeudarle el pago de suma alguna por cualquier concepto y/o aportes d eley y/o entrega de certificado laboral. Sin perjuicio de lo expuesto, su reclamo es defectuoso, seguramente como consecuencia de su mendacidad. No especifica lugar ni tipo de tareas que dice haber cumplido, horario de trabajo, haberes, etc., haciendo además referencia a un despido verbal que teóricamente habría acaecido hace más de dos meses (ACLARACION: SE TRATA DE UN ERROR TIPOGRAFICO EN LA FECHA DE LA 1RA. CD), mostrándose a las claras que su pretensión, al margen de improcedente, sería manifiestamente extemporánea. Envirtud de lo expuesto, lo intimo a que cese de inmediato en sus injustificadas demandas, bajo apercibimiento de promover esta parte las acciones judiciales que correspondan, en preocura del resarcimiento de los daños y perjuicios que su ilegítimo aproceder ocasione..."
(Fechada 1 de julio)

Les parece que podré mandar TLC intimando a registrar la relación laboral por la 24.013 aún??? o tendré sólo posibilidad de la del art. 1 de la ley 25.323??
Y agregar todos los datos de la relación laboral como dice la contestación que no se detallaron.. intimando se registre bajo apercibimiento de esas multas y de considerarse despedido?

Saludos .. son muy amables!!
 #737165  por eltam88
 
Ya esta, hablaste de despido verbal, ahora lo que te queda es iniciar las acciones pertinentes.Ley 25323
 #737167  por eltam88
 
Para la proxima, en vez de poner despido verbal poné ante negativa de tareas.
 #737191  por MFRA
 
Molesto de nuevo .. hay algún modelo específico para el TCL?

O simplemente detallo todos los datos de la relación laboral .. lugar tareas, horarios , lo que cobraba, etc etc. ....y por considerarse despedido... se intima a que se le abonen las indemnizaciones que le correponden como consecuencia de tal despido .. bajo apercibimiento de reclamar le abonen las multas conforme el art. 1 de la ley 25.323?
Algo así? :S

O si alguien tiene un modelito .. no quiero meter la pata .. Gracias!!