Buen dia Colegas, soy nuevo en el foro y realmente me parece muy productivo.
Me he recibido hace 1 año y estoy aprendiendo dia tras dia esta hermosa profesión.
Les realizo una consulta por una duda sobre un caso laboral que estoy tratando.
Mi cliente me ha llegado con un caso donde su empresa se ha trasladado (de capital a provincia), en principio, tenia 30 min de viaje, y con el cambio, es de 1hora 30 min a 2 horas, sumado a otros perjuicios (disminución del horario de almuerzo, cambio por una obra social inferior, etc). Desde la empresa no les ofrecieron, en principio, ninguna compensación, traslado en combis, etc, de hecho les ha informado a su personal que quién no estuviese de acuerdo con el cambio, debia renunciar. Obviamente intime por estas modificaciones (cambio domicilio, obra social, horario almuerzo, viaticos) y por el perjuicio que le ocasiona ya que mi cliente post trabajo concurre a la facultad y este cambio lo ha afectado. Todo con apercibimiento de considerarse despedido y haciendo retención de trabajo (art 1201).
Mi duda surge de la contestación de la empresa, en la cual no niega ninguna cuestión reclamada, es más, propone disminuir la jornada laboral o compensar económicamente y reintegrar gastos contra entrega de comprobantes.
La cuestión es que el cambio de domicilio, ha afectado mucho a mi cliente, el viaje principalmente, ya que debe cruzarse toda la capital hasta llegar a provincia (teniendo en cuenta los cortes, tráfico, el estrés del viaje, la sucesión de colectivo, subte y tren, concurrir a la facultad, etc). Por este tema ha decidido no querer retornar. Teniendo en cuenta que mi cliente tiene 8 años de antiguedad.
Como me aconsejan que conteste la CD de la empresa? la consideraré despedida, pero me genera dudas como plantearlo, ya que no niegan, proponen algunos cambios, pero así y todo, sigue afectando a mi cliente.
Tengo una leve idea, pero espero puedan aconsejarme.
Desde ya, se los agradezco. Saludos
Me he recibido hace 1 año y estoy aprendiendo dia tras dia esta hermosa profesión.
Les realizo una consulta por una duda sobre un caso laboral que estoy tratando.
Mi cliente me ha llegado con un caso donde su empresa se ha trasladado (de capital a provincia), en principio, tenia 30 min de viaje, y con el cambio, es de 1hora 30 min a 2 horas, sumado a otros perjuicios (disminución del horario de almuerzo, cambio por una obra social inferior, etc). Desde la empresa no les ofrecieron, en principio, ninguna compensación, traslado en combis, etc, de hecho les ha informado a su personal que quién no estuviese de acuerdo con el cambio, debia renunciar. Obviamente intime por estas modificaciones (cambio domicilio, obra social, horario almuerzo, viaticos) y por el perjuicio que le ocasiona ya que mi cliente post trabajo concurre a la facultad y este cambio lo ha afectado. Todo con apercibimiento de considerarse despedido y haciendo retención de trabajo (art 1201).
Mi duda surge de la contestación de la empresa, en la cual no niega ninguna cuestión reclamada, es más, propone disminuir la jornada laboral o compensar económicamente y reintegrar gastos contra entrega de comprobantes.
La cuestión es que el cambio de domicilio, ha afectado mucho a mi cliente, el viaje principalmente, ya que debe cruzarse toda la capital hasta llegar a provincia (teniendo en cuenta los cortes, tráfico, el estrés del viaje, la sucesión de colectivo, subte y tren, concurrir a la facultad, etc). Por este tema ha decidido no querer retornar. Teniendo en cuenta que mi cliente tiene 8 años de antiguedad.
Como me aconsejan que conteste la CD de la empresa? la consideraré despedida, pero me genera dudas como plantearlo, ya que no niegan, proponen algunos cambios, pero así y todo, sigue afectando a mi cliente.
Tengo una leve idea, pero espero puedan aconsejarme.
Desde ya, se los agradezco. Saludos
