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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #733569  por lkgomez
 
Buenas tardes foristas!
Necesitaría hacerles una consulta.
Tengo un Sr. que tiene 18 meses pagados como autónomo, pero con deuda. Por tal motivo se acogió al plan de facilidades 935/97. Si bien cuando ingreso en Mis Facilidades, me aparece el plan como CANCELADO, esto no se ve reflejado en el Sicam, y el mismo me aparece con deuda en dichos períodos.
Por favor, alguien me puede decir que debo hacer? Porque llamé a AFIP y ahí me dicen que debo ir a la Agencia para que me hagan una nota donde conste que el plan ha sido cancelado, pero el tema es que al hacer el cálculo de la deuda, esos períodos me aparecen con deuda, es decir que no sé como debo hacer para que se vea reflejado en el Sicam el período en cuestión, sin deuda.
Gracias desde ya a quien pueda orientarme!!!
 #733573  por rachelcba
 
Hola lo tenés que dejar con deuda y llevar al turno la constancia de cancelación del plan que te da la AFIP. Aclará ese punto en observaciones. Saludos.
 #733605  por lkgomez
 
rachelcba escribió:Hola lo tenés que dejar con deuda y llevar al turno la constancia de cancelación del plan que te da la AFIP. Aclará ese punto en observaciones. Saludos.
Gracias rachelcba por tu respuesta! Disculpá mi insistencia, pero como el Sr. tiene que cancelar la deuda al contado, no quiero cometer errores.
La duda que tengo es que al hacer el cálculo de la deuda, poniendo estos períodos en situación de revista, los mismos me aparecen con deuda, es decir que el monto total a cancelar me va a incluir estos meses Aunque en realidad ya estén cancelados por el plan Mis Facilidades...entonces cual sería la finalidad de que en Afip me hagan la nota si de todos modos el Sr. previamente ya canceló la totalidad de la deuda (incluyendo esos meses que han sido cancelados pero no se ven reflejados en el Sicam).
Agradezco cualquier comentario y nuevamente gracias! *flor*
 #733665  por jessinluna
 
HOla, yo tuve el mismo caso. En afip me dijieron que presentaras la nota y lo adjuntaras al expediente.
En mi caso, como eran pocos meses, le consulte al contribuyente y no inclui esos periodos en la moratoria. Yo primero consultaria en la UDAI como te lo pueden recibir, porque si lo queres pagar de contado, el calculo no seria real. POr ahi, una opcion seria no incluirlos en el SICAM y que a través de la nota, el ANSES te lo pueda agregar como años de servicio.
Despues contame como te fue. Saludos
 #733775  por arielruiz86
 
Hay que incluirlo en el sicam atendiendo a que son periodos de autonomos, pero el problema es que hay muchisimos planes Mis facilidades de contribuyentes que nunca estan cancelados en su totalidad y por ende caducos, y eso claro esta que no sirve para el anses, fijate en consulta del plan si realmente se cancelaron absolutamente todas las cuotas (y en la cuenta corriente tambien se puede observar).
Y si bien yo aún no he presentado jubilaciones con un plan mis facilidades por el mismo motivo que dije, he visto en estos dias en uno en particular que las cuotas que se van cancelando con el mismo SI impactan (figuran) en la pestaña de pagos del sicam, lo que nos estaria indicando que de alguna manera estan compatibilizados (o no?..) ambos sistemas (Sicam + Mis Facilidades), porque si el pago esta en el sicam (y me consta porque lo he chequeado) cuando liquides la deuda tiene que estar cancelado y figurar sin deuda el periodo comprendido del plan Mis Facilidades en el detalle de deuda del sicam 1 sin necesidad de tener que renunciar absolutamente todo el periodo en cuestion porque pueda que lo necesitemos para alcanzar los 30 años. Para ello habria que ver tambien el detalle de "imputaciones de cuotas" del plan presentado y caduco.
 #733786  por arielruiz86
 
Y de ser asi (que ahora impacten en el sicam los periodos regularizados con estos planes Mis Facilidades) acaso la CIRCULAR GPA Nº 14/09: SICAM, DEUDAS CANCELADAS MEDIANTE PLAN MIS FACILIDADES DE AFIP no quedo un poco pasada de moda? :mrgreen:
 #733788  por hugo2
 
lkgomez escribió:
rachelcba escribió:Hola lo tenés que dejar con deuda y llevar al turno la constancia de cancelación del plan que te da la AFIP. Aclará ese punto en observaciones. Saludos.
Gracias rachelcba por tu respuesta! Disculpá mi insistencia, pero como el Sr. tiene que cancelar la deuda al contado, no quiero cometer errores.
La duda que tengo es que al hacer el cálculo de la deuda, poniendo estos períodos en situación de revista, los mismos me aparecen con deuda, es decir que el monto total a cancelar me va a incluir estos meses Aunque en realidad ya estén cancelados por el plan Mis Facilidades...entonces cual sería la finalidad de que en Afip me hagan la nota si de todos modos el Sr. previamente ya canceló la totalidad de la deuda (incluyendo esos meses que han sido cancelados pero no se ven reflejados en el Sicam).
Agradezco cualquier comentario y nuevamente gracias! *flor*
Si vas a pagar la deuda por 24476 solo te toma la deuda hasta el 09/1993, al resto de los periodos con deuda no los toma en cuenta para el calculo.
 #733854  por arielruiz86
 
Si, pero en caso que los pagos de estos planes Mis facilidades impacten en el sicam como dije, estaria perdiendo sentido la presentacion de esas constancias de la afip porque no hay mejor constancia o evidencia que el mismo detalle de deuda que arroja el sicam mostrando regularizado o cancelado los periodos cubiertos o abarcados por el plan, me explico? porsupuesto que no deben ser todos los planes que se instruyeron a traves del sistema Mis Facilidades (supongo que deben ser los ultimos o los mas actuales, tal vez los que se implementaron desp del 2004 cuando se creó la cuenta corriente, habria que chequearlo).
 #733876  por hugo2
 
arielruiz86 escribió:Si, pero en caso que los pagos de estos planes Mis facilidades impacten en el sicam como dije, estaria perdiendo sentido la presentacion de esas constancias de la afip porque no hay mejor constancia o evidencia que el mismo detalle de deuda que arroja el sicam mostrando regularizado o cancelado los periodos cubiertos o abarcados por el plan, me explico? porsupuesto que no deben ser todos los planes que se instruyeron a traves del sistema Mis Facilidades (supongo que deben ser los ultimos o los mas actuales, tal vez los que se implementaron desp del 2004 cuando se creó la cuenta corriente, habria que chequearlo).
El plan mis facilidades fue creado en el 2005 y vino a reemplazar a los RAFA.
 #733894  por diegomdp
 
creo una sola vez, si mi memoria no falla, vi un mis facilidades que figuraba en sicam, en todos los demas casos que he visto no figuraban los pagos por lo tanto hay que ir a la afip y pedir el f1500 tal cual establece la gpa 14/09 por si acaso llevale el 1500 que corresponde a tu caso ya sea el del anexo I, II, o III de la gpa 14/09, en 1 de las agencias de aca no sabian de su existencia asi que le lleve uno y le sacaron fotocopia y con eso lo hicieron
 #734007  por lkgomez
 
diegomdp escribió:creo una sola vez, si mi memoria no falla, vi un mis facilidades que figuraba en sicam, en todos los demas casos que he visto no figuraban los pagos por lo tanto hay que ir a la afip y pedir el f1500 tal cual establece la gpa 14/09 por si acaso llevale el 1500 que corresponde a tu caso ya sea el del anexo I, II, o III de la gpa 14/09, en 1 de las agencias de aca no sabian de su existencia asi que le lleve uno y le sacaron fotocopia y con eso lo hicieron
Gracias a todos por las respuestas!
Mi consulta es: ese form 1500 lo presento antes de enviar el plan? Y AFIP me lo va a reflejar en el Sicam? Porque de lo contrario no le veo sentido, ya que al hacer el Sicam me aparece con deuda, pese a que el plan ha sido cancelado totalmente. Es decir que en el monto total a cancelar esos perídos me aparecen con deuda, es decir que los tendría que volver a pagar.
Gracias Hugo por tu respuesta y gracias ariel también!
 #734035  por diegomdp
 
lo podes presentar antes despues mientras mandas el sicam es indistinto, ya te lo explicaron ese punto el detalle de deuda queda con deuda y la justificacion de esa deuda es el f1500 tal cual lo establece la gpa 14/09 , funciona de la misma manera que una 25865 cancelada
 #734423  por hugo2
 
lkgomez escribió:
diegomdp escribió:creo una sola vez, si mi memoria no falla, vi un mis facilidades que figuraba en sicam, en todos los demas casos que he visto no figuraban los pagos por lo tanto hay que ir a la afip y pedir el f1500 tal cual establece la gpa 14/09 por si acaso llevale el 1500 que corresponde a tu caso ya sea el del anexo I, II, o III de la gpa 14/09, en 1 de las agencias de aca no sabian de su existencia asi que le lleve uno y le sacaron fotocopia y con eso lo hicieron
Gracias a todos por las respuestas!
Mi consulta es: ese form 1500 lo presento antes de enviar el plan? Y AFIP me lo va a reflejar en el Sicam? Porque de lo contrario no le veo sentido, ya que al hacer el Sicam me aparece con deuda, pese a que el plan ha sido cancelado totalmente. Es decir que en el monto total a cancelar esos perídos me aparecen con deuda, es decir que los tendría que volver a pagar.
Gracias Hugo por tu respuesta y gracias ariel también!
1 ) Form 1500 es uan certificacion de afip que se pide cuando el plan mis facilidades esta cancelado
2 ) Los periodos siguen apareciendo con deuda.
3 ) no los estas pagando de nuevo pues la moratoria es hasta el 09/1993 y la deuda se calcula hasta esa fecha, monotributo es posterior.