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 #731160  por romicant
 
Hola! mi pregunta es la siguiente: mi cliente trabajó durante 5 años en una verdulería EN NEGRO, trabajaba de lunes a lunes, trabajando los sábados de 7 a 17 hs y los domingos de 9 a 14 hs. El día martes (ayer) cuando se presenta a trabajar le negaron las tareas diciendole que no fuera más que estaba despedido todo ello en forma verbal. Tengo que enviar telegrama intimando para que aclare relación laboral?? yo hice un modelo si alguien me lo puede corregir lo agradecería?? agrego algo mas?? tengo q poner los días de trabajo?? horario?? va dirigida al dueño?? gracias

ANTE EXTEMPORANEA E INJUSTIFICADA NEGATIVA DE TRABAJO HABIENDO CONCURRIDO A PRESTAR MIS TAREAS EN LA VERDULERÍA ..... NATURAL”, SITO EN LA CALLE ...., DE ESTA CIUDAD, COMO VENDEDOR, ENTREGA DE PEDIDOS Y TAREAS DE LIMPIEZA EL DÍA MARTES 21-06-11 PPDO. EN MI HORARIO HABITUAL (7 HS.) NEGÁNDOSE A OTORGARME TAREAS MANIFESTÁNDOME QUE HABÍAN DECIDIDO DESPEDIRME CUANDO NO ME NOTIFICARON EN FORMA ALGUNA DE TAL DECISIÓN IMPORTANDO VUESTRA ACTITUD UNA NEGATIVA DE TRABAJO EN FORMA INJUSTIFICADA, INTIMO A UD. PARA QUE EL PLAZO DE 48 HS. FIJE SITUACIÓN LABORAL TODO ELLO BAJO APERCIBIMEINTO CONSIDERARME GRAVEMENTE INJURIADO Y DESPEDIDO POR SU EXCLUSIVA CULPA.
 #731220  por MORGAN
 
es muy deficiente. compartí el asuntocon algún colega que sepa algo aunque sea de derecho laboral. *cumple*
 #731253  por GU
 
Adhiero a lo dicho por Morgan.

Te agrego que la intimacion debe cursarse en los terminos de la ley 24013, Art 8 (y 11). Pero todo lo que se hace mal ahora, perjudica el reclamo futuro, de ahi la recomendacion de hacerlo con alguien con experiencia en la materia.

Salutes!
 #731257  por julietita
 
Tal como dicen los colegas, hay que tener en cuenta que el intercambio epistolar es la base de tu reclamo. Si no introduciste algún rubro, o no reclamaste alguna multa omitiendo el art. 8 por ej de la Ley 24013, después no podes arguir el mismo en juicio.
Tampoco indicaría que lo despidieron verbalmente(?), porque para intimar por la Ley 24013 es necesario que este vigente la relación laboral.
Saludos
 #731260  por Tofee
 
Hola Romicant, siguiendo lo que opninan los colegas, considerá que el telegrama laboral es casi un anticipo de lo que después será la demanda.
Lo que omitas hoy no lo podrás reclamar después.
Confeccionalo junto con un laboralista.

Saludos,
 #731294  por aldito1977
 
como estas? Consejo: No des tantas vueltas, ante negativa injustificada de tareas, intima 48 hs. aclare situación laboral, abone (todos los rubros que se le deban), entreguencertificados trabajo, obra social y ART, bajo apercibimiento de ley. Asimismo conforme art. 11 ley 24.013, intima 30 dias corridos registren relacion laboral, reconozcan fecha de ingreso, sueldo, dias y horarios laborales, tareas, etc, bajo apercibimiento de ley. Saludos.
 #731429  por esmeralda87
 
hola te paso el modelo que uso yo
Por medio de la presente, ante negativa de tareas el dia , íntimo plazo perentorio e improrrogable 48hs. aclare situación laboral bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa.
Asimismo atento mis reiterados reclamos verbales, no escuchados por Uds. íntimo plazo 30 días registre y regularice relación laboral en base a los siguientes datos: real fecha de ingreso 3 de octubre de 2008, horario de trabajo de lunes a sábado de 8:00 a 13:30hs. y de 17:00 a 21:30hs, y los domingos de 8:30 a 13:30hs., real remuneración $3.100, percibidos bajo la modalidad comúnmente denominada “en negro”, siendo mi real categoría laboral la de encargada entre otras actividades desempeñadas para Ud.
Intimo idéntico plazo abone, los salarios adeudados de los meses de febrero y marzo del 2011, horas extras laboradas y no abonadas de los últimos dos años, SAC del año 2009 y 2010, asignaciones familiares, vacaciones laboradas y no abonadas y diferencias salariales. Bajo apercibimiento de lo dispuesto en el arts.8, 11 y 15 de la ley 24.013 y art. 2º de la ley 25.323, como así también de efectuar pertinente denuncia por fraude laboral al Fisco. --------------------------------------------
Se deja constancia que en cumplimiento del art. 11 de la ley 24.013 (conf. Art. 45 de la ley 25.345) remití copia de la presente a la AFIP. ---------------------------------------------------------------------------------Queda Ud. notificado y emplazado conforme a derecho.-------------------------------------------------
 #731534  por eltam88
 
esmeralda87 escribió:hola te paso el modelo que uso yo
Por medio de la presente, ante negativa de tareas el dia , íntimo plazo perentorio e improrrogable 48hs. aclare situación laboral bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa.
Asimismo atento mis reiterados reclamos verbales, no escuchados por Uds. íntimo plazo 30 días registre y regularice relación laboral en base a los siguientes datos: real fecha de ingreso 3 de octubre de 2008, horario de trabajo de lunes a sábado de 8:00 a 13:30hs. y de 17:00 a 21:30hs, y los domingos de 8:30 a 13:30hs., real remuneración $3.100, percibidos bajo la modalidad comúnmente denominada “en negro”, siendo mi real categoría laboral la de encargada entre otras actividades desempeñadas para Ud.
Intimo idéntico plazo abone, los salarios adeudados de los meses de febrero y marzo del 2011, horas extras laboradas y no abonadas de los últimos dos años, SAC del año 2009 y 2010, asignaciones familiares, vacaciones laboradas y no abonadas y diferencias salariales. Bajo apercibimiento de lo dispuesto en el arts.8, 11 y 15 de la ley 24.013 y art. 2º de la ley 25.323, como así también de efectuar pertinente denuncia por fraude laboral al Fisco. --------------------------------------------
Se deja constancia que en cumplimiento del art. 11 de la ley 24.013 (conf. Art. 45 de la ley 25.345) remití copia de la presente a la AFIP. ---------------------------------------------------------------------------------Queda Ud. notificado y emplazado conforme a derecho.-------------------------------------------------
esmeralda87 escribió:importante remiti copia del telegrama a la AFIP sino no se aplican las multas.
Sin animo de ofender, corregiría: "íntimo plazo perentorio e improrrogable 48hs." 2 días hábiles no 48 hs esto surge de la art. 57 LCT.
Sacaría Art 2 ley 25323 implica el agravante 50% de indem antig; preaviso e integración mes despido. En el supuesto este no se extinguió aún la relación laboral por ello no corresponde intimar por tal art.