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  • Trámite ante la Comisión Médica - Indemnización

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #730435  por juridica2010
 
Hola, quisiera saber si pueden guiarme un poco con el siguiente caso.

A mi cliente se le diagnosticó lumbalgia. La ART (La Caja) se desvinculó del tratamiento y la derivó con su obra social, arguyendo que se trata de una enfermedad preexistente.

Le hicieron una Resonancia Magnética y comprobaron que tiene dos hernias de disco (L4 y L5).

Entiendo que debo iniciar la petición prevista en el art. 6 apartado 2 b) i de la LRT, ante la Comisión Médica.

Mi cliente está tratando su dolencia con su mèdico de la obra social, lo que quiere es que la ART lo indemnize.

¿Alguien puede enviarme un modelo para presentar ante la Comisión Médica? ¿Estoy omitiendo algún paso? ¡¡¡Muchas gracias!!!
 #730452  por virginipa
 
Hola, en general las ART consideran inculpable todo lo que tiene que ver con hernias, pero eso no obsta a que existan casos de hernias traumáticas derivadas directamente de accidentes laborales o de tareas laborales que requieran fuerza física; por eso es importante que primero lleves a tu cliente con un médico legista para que el te determine si la lumbalgia y la hernia son laborales y te determine el grado de incapacidad.-
Para reclamar en la Junta médica tenes un formulario que lo bajas de la página de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.-
Si queres manda un telegrama a la Caja rechazando el alta médica donde te consideran a la enfermedad como inculpable.- Saludos!
 #730461  por MORGAN
 
antes de pensar como reclamo y a quién, debo tener certeza de que la afección, que padece el trabajador, es consecuencia del trabajo que realiza ó este ha agravado una enfermedad preexistente y en que porcentaje.
hay que considerar unas variables básicas tanto si el reclamo se hace a la ART ó al empleador ó a ambos: antiguedad, tipo de tareas, si hubo exámen preocupacional, si padeció un infortunio, si tuvo bajas por enfermedad, cuales, cuantas, si tuvo intervención médica y de que tipo, etc. es difícil imputar una afección lumbar al empleo cuando se carece de cierta antiguedad y las tareas no condicen con la enfermedad. ej una fábrica de almohadas con antiguedad de 1 año.
luego, como te dijeron, un legista para que nos diga si es probable que la injuria es el resultado de un accidente ó de que otro tipo de proceso.
 #730478  por juridica2010
 
Hola, gracias a ambos por responder.

Virginia, mañana mismo contacto a un mèdico legista.

Morgan, esta persona trabaja en Mc Donalds y tiene una antigûedad de 5 años. Realizaba tareas de todo tipo, incluso aquellas que requieren esfuerzo (mover cajas pesadas con mercaderìa, tareas de limpieza, etc.). Más aún, un día de desmayo en el trabajo. La cuestiòn, es que en esa oportunidad no se dió aviso a la ART, sino que llamaron una ambulancia "privada", que intento cobrarle la asistencia que le brindaron. El empleador derivo el caso a la ART casi un mes despuès, a pedido de quien ahora es mi cliente y, por supuesto, la ART no se quiere hacer cargo de nada. Bueno, con todas estas idas y venidas es que recibì el caso. Entiendo que es de mayor reproche el proceder del empleador y hay material para demostrar (intentar al menos) que la afecciòn està directamente reclacionada con la afección. Gracias de nuevo, saludos!
 #732607  por juridica2010
 
Hola, tengo una nueva duda! Lamento molestarlos una vez más pero necesito de la opiniòn de otro colega.

A mi cliente, finalmente le enviaron 2 telegramas:
1) remitido por la ART informando que su enfermedad es inculpable, por lo que le dan el alta mèdica el 01/06; y
2) remitido por la ARCOS DORADOS, contestando un telegrama que ella mando informando que continuaba su licencia médica segùn certificado del traumatòlogo de la obras social expedido el 17/06; donde le dicen que NO les consta la licencia del 01/06 al 17/06 y solicitan acompañe certificado mèdico.

Ahora bien, el 01/06 le dieron el alta de la ART, pero no el alta médica, ya que lo que dice LA CAJA es que la enfermedad es incumpable y que debe continuar tratamiento mèdico con su obra social. El 17/06 es cuando finalmente la ve el traumatòlogo de la obra social (no consiguió turno antes), es justo que no le reconozcan esos días?

Qué conviene hacer? Yo entiendo que todos los telegramas deben ser respondidos, pero en este caso no hay certificado médico que cubra las ausencias del 01 al 17/06.

Una cosa màs, entiendo que lo que debo presentar en la CM es el formulario por rechazo de enfermedad profesional màs el formulario por "patologìas no incluidas en el listado de enfermedades profesionales", ya que por lo que vì la hernia no figura en el DEC. 658/96.

Muchas gracias!!!

Saludos y buen finde!!!
 #734971  por alejandra01
 
estoy con un caso similar, y subí el post sin ver éste. No sé que hacer. Si pido junta médica a la superintendencia, o se pide comisión médica...o que.
Como la forista nunca terminé haciendo art, y es un laberinto para mí.
Un colega me decía una vez que pida superintendencia y seclo. Que él resolvía todo así.
Yo tengo mis dudas...
Mi clienta tiene 13 años de antiguedad, como dijo Morgan,no le hicieron el examen preocupacional, anda con la aspiradora y lustradora por todos lados, baldea la vereda todos los días (las mujeres que son madres saben que el médico dice que es el peor de todos los quehaceres y cuando una tiene familia la tiene prohibida)...
Si la comisión médica no dictamina porcentaje de discapacidad se termina ahí?
 #802863  por ceci79
 
Una consulta a todos: Tengo un caso similar al narrado anteriormente. A mi cliente le dieron el alta médica en la ART por ser una enfermedad inculpable (hernia de disco), el alta la firmo pero aclaró NO CONFORME. Y le dijeron q continue con su obra social el tratamiento.
Luego fue a la SRT y le dieron comisión médica para los primeros días de febrero. Que es lo que se va a decidir en esa comisión? Más allá de eso hay que iniciar SECLO?
Disculpen las preguntas pero es el primer caso q me llega con enfermedad laboral

Muchas Gracias a todos