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 #729840  por Eri88
 
hola foristas! les hago una consulta respecto a los rubros que se deben indemnizar por un distracto que se produjo a un mes y 5 dias de haber trabajado en negro. El despido fue verbal por supuesta inconducta.
Ahora estamos a dos semanas de lo sucedido y me encargaron hacer una liquidacion para tratar de llegar a un acuerdo. Nadie mando CD.

Porque estaba en negro le corresponde 1 mes de indemnizacion por el art. 92 inc. 3, o no?
Por el art. 231 le corresponde 1 mes por preaviso, o no?
SAC?
vacaciones?
integracion del mes de despido? Trabajo solo 5 dias del segundo mes.
falta algo o sobra?
Puedo pelear de sacar algun item?

Gracias!!!!!!
 #729881  por eltam88
 
Al estar en negro la relación envia telegrama ante negativa de tareas, reclama dif salarial, y además solicita registración (hace de cuenta que esta vigente) conforme 24013 art. 8 y el 15

El art 15 ley 24013 te permitiría duplicar preaviso e integración porque antiguedad no tiene.
Luego por ley 25323 art. 2 también.

La liquidación tenés 15 días de preaviso y su sac proporcional, integración mes despido y su sac proporcional(porque al estar en negro se entiende que renuncio al mismo), los días trabajados en el mes, vac proporcionales y su sac proporcional, sac proporcional, todo ello más las multas que supra te mencioné, obrando como te dije.

Si solo pretendés una indemnización conf lo trabajado para pasarle al empleador son los rubros que te mencione sin multas.
 #729900  por DrCiclón
 
eltam88 escribió:Al estar en negro la relación envia telegrama ante negativa de tareas, reclama dif salarial, y además solicita registración (hace de cuenta que esta vigente) conforme 24013 art. 8 y el 15

El art 15 ley 24013 te permitiría duplicar preaviso e integración porque antiguedad no tiene.
Luego por ley 25323 art. 2 también.

La liquidación tenés 15 días de preaviso y su sac proporcional, integración mes despido y su sac proporcional(porque al estar en negro se entiende que renuncio al mismo), los días trabajados en el mes, vac proporcionales y su sac proporcional, sac proporcional, todo ello más las multas que supra te mencioné, obrando como te dije.

Si solo pretendés una indemnización conf lo trabajado para pasarle al empleador son los rubros que te mencione sin multas.
Me opongo colega, el preaviso es de un mes, ya que se entiende que renunció al periodo de prueba.

un abrazo
 #729962  por eltam88
 
Tenes razón en cuanto a lo del preaviso.
 #730466  por Eri88
 
Muchas gracias gente!! Quien me consulto es la parte empleadora. en realidad la relacion laboral fue un poco rara. Ella ingreso (dicen sin saber mucho) como administrativa y acordaron que en base a la cantidad de trabajo, conocimientos, etc. basarian el sueldo. Justo el dia que se juntarian pagar determinar el sueldo (1 mes y cuatro dias calendarios pero 1 mes de trabajo por inasistencias) ella se mando una macana grande. el empleador la llama y le dice que va a prescindir de ella. Ella se retiro y no volvio mas, hasta ahora (un poco mas de 2 semanas) que quiere cobrar sueldo mas indemnizacion.
Mi pregunta es (perdon quizas muy tonta) si se llega a un acuerdo economico viable interesante y si ella lo acepta, no seria una solucion que envie ella un telegrama de renuncia?
Como no hay monto remunerativo fijado en que importe se basarian ustedes para calcularle la liquidacion?
Gracias