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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #725754  por klun
 
Amigos tengo un caso en el cual un viajante trabajaba para una obra social y una prepaga propiedad de la misma obra social vendiendo planes de afiliación, el trabajador estaba blanquedo como vendedor (falsa categoria) medio tiempo (falso) y se le entregaban los recibos a nombre de una S.A que es de tucuman siendo los recibos totalmente ajenos a la realidad de lo percibido.

La duda que les vengo a plantear es la siguiente, demandare a las tres empresas vinculadas solidariamente, ahora bien cuando mi cliente fue a tramitar el fondo de desempleo le informan en anses que desde el mes de enero no se realizaban aporte es decir la S.A que figuraba como empleadora no le realizaba aportes desde enero pero en los recibos le hacian las retenciones .

La S.A proveedora ilegal de mano de obra le retuvo aportes durante 6 meses!!, ustedes diran ¿que duda tiene este abogadito?.

Mi duda concretamente es la siguiente procede el 132 bis? - hubo retenciones que figuran en los recibos, - tengo el informe del ANSES que indica que faltan aportes, ahora bien como esa retenciones fueron por el magro salario que el trabajador cobraba en blanco ¿que remuneración tomo para la multa, la real que era mucho mayor o la de recibos?. ¿Procederia la multa con la real remuneración si demuestro los reales ingresos? espero sus respuestas doctrina jurisp y opiniones saludos.---
 #725784  por eltam88
 
Entiendo que es respecto de las remuneraciones que se devengaban conf. la realidad de la relación laboral. Jurisprudencia, doctrina no he visto por ahora. Te contesto en base al art. 132 bis y ppios rectores del derecho laboral.