Hola Colegas, soy nueva en el foro, recién recibida, procurando dar mis primeros pasos independientes recurro a ustedes con una consulta práctica. Se trata de la pyme de mi tía, la estoy asesorando. Voy por la demandada y tengo la 2º audiencia del seclo por un despido directo. La empleada nunca pasó a retirar la liquidación ni el certificado de trabajo por la Empresa pese a que ésta la dejo a su disposición por medio de CD. Ahora reclama multas art.80, 25323 art. 1 y 2, daño moral, diferencias salariales etc, etc. Mi pregunta es la siguiente: ¿me conviene en ésta segunda audiencia reconvenir y hacer entrega del certificado de trabajo art. 80 y de la liquidación solicitando que quede asentado eso en acta??
Desde ya muchas gracias por su atenciòn.-
Saludos
Luxiana
Desde ya muchas gracias por su atenciòn.-
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Luxiana
