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 #721635  por marianogalli
 
Hola buenas tardes

Quisiera hacer la siguiente consulta un trabajador que es ingeniero industrial trabajaban una empresa que crearon una reconocida empresa tabacalera y una reconocida empresa cervecera para realizar sus compras , la despiden y le quieren pagar solo el 67% por el fallo de la Corte Vizzoti. Sus tareas eran las de realizar licitaciones para las compras,

La pregunta seria cual seria el convenio aplicable para calcular el tope, dado que es un trabjador fuera de convenio. Dado que el art 245 lct dice que sera el que aplique en la empresa o en el establecimiento(Comercio, El de Tabacaleros , el de Gaseosas y bebidas)

desde ya muchas gracias
 #721788  por Romina34
 
el recibo de sueldo no lo dice?
fijate la actividad que realizaba la empresa empleadora.
si no sabes el cct, como sabes que estaba fuera de convenio?
saludos,
 #721860  por matias256
 
Cuanto ganaba?. Puede ser que este fuera de convenio porque era un trabajador jerarquico. Mandate el chivo y decinos cual empresa es y a que se dedica, de esa forma podemos llegar a deducir que convenio se aplica. Saludos.
 #721955  por marianogalli
 
La actividad que desarrolla la empresa es la de realizar compras de insumos para la empresa tabacalera y la empresa cervecera.
Esta es una empresa chica tiene 20 empleados, de entre los cuales hay administrativos y una secretaria

En el recibo figura fuera de convenio. Figura como gerente, a pesar que tiene solo un empleado a cargo.

Respecto a ello el art 245 de LCT dice que en caso de trabajadores fuera de convenio se toma el del establecimiento que preste servicios o el más favorable en caso de que hubiera más de uno , y en Vizzoti la corte dictamino que solo se prescinde del tope de art 245 de LCT cuando sea inferior al 67% del sueldo del trabajador. Si el tope es igual o superior se aplica el tope

Consulto lo del convenio aplicable por lo explique antes. Para mi podría ser comercio, ya que es del lugar donde trabaja( el que se le aplicaria a administrativos, secretaria) y tambien el tabacaleros o del cerveceros , ya que una cesion de la actividad normal y ordinaria de ambas empresas
 #721981  por Romina34
 
marianogalli escribió:Consulto lo del convenio aplicable por lo explique antes. Para mi podría ser comercio, ya que es del lugar donde trabaja( el que se le aplicaria a administrativos, secretaria) y tambien el tabacaleros o del cerveceros , ya que una cesion de la actividad normal y ordinaria de ambas empresas
No comparto, no considero que se pueda aplicar el convenio de tabacaleros o cerveceros, dado que no es la actividad de la empresa empleadora. Que pueda llegar a existir una cesión de la actividad normal y ordinaria de las empresas no implica que se apliquen los convenios de algunas de esas empresas. Esa cuestión sería harina de otro costal.
De aplicarse un convenio deberá ser, unicamente, el de la actividad de la empresa empleadora.
Cuando el art. 245 se refiere a que hubiera mas de uno, se refiere siempre a que hubiera mas de un convenio aplicable para la actividad de la empresa, no a que hubiera mas de uno entre todos los convenios existentes.
Espera otras opiniones.
Saludos,