Hola, me podrán ayudar con la siguiente consulta?
una persona trabajo por 2 años para un empleador. siempre se le pago en negro y sin registración
se efectuo el intercambio telegrafico, reclamando la falta de registración, fecha de ingreso, categoria y jornada.
la empleadora nego todo, por lo que ella se considero despedida.-
Ahora en los telegramas se denuncio que le pagaban $1000.- en negro. y que la empresa deberia abonarle $3400.- por el CCT 130/75.-
la pregunta es: 1.- en la demanda -especificamente en la liquidación - se toma los $1000.- o los $3400.- para el artículo 245, 232, etc.-
creeria que lo correcto seria tomar $3400.- porque es el importe que deberia haber percibido.- ES ASÍ?
gracias
una persona trabajo por 2 años para un empleador. siempre se le pago en negro y sin registración
se efectuo el intercambio telegrafico, reclamando la falta de registración, fecha de ingreso, categoria y jornada.
la empleadora nego todo, por lo que ella se considero despedida.-
Ahora en los telegramas se denuncio que le pagaban $1000.- en negro. y que la empresa deberia abonarle $3400.- por el CCT 130/75.-
la pregunta es: 1.- en la demanda -especificamente en la liquidación - se toma los $1000.- o los $3400.- para el artículo 245, 232, etc.-
creeria que lo correcto seria tomar $3400.- porque es el importe que deberia haber percibido.- ES ASÍ?
gracias
