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  • como subsanar falta de Legitimacion pasiva parcial?

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 #719102  por doncarlos8
 
En un caso ya inciado por otro abogado, me acaban de dar traslado de la contestacion de una demanda en la que son 3 demandados, pero el intercambio telegrafico se hizo a uno solo, por lo cual en la contestacion me plantean falta de legitimacion pasiva de los 2 demandados a los que no se los tuvo en cuenta en el intercambio telegrafico. Tengo modo de subsanarlo? Quiza teniendo en cuenta que la demanda la hizo otro abogado? Tengo 5 dias para arreglarmelas... :oops:
 #719115  por matias256
 
Hola, es en provincia por lo que veo, porque si es en Capital antes tendrías que haber pasado por el SECLO.
En cuanto a tu pregunta no hay manera de arreglarlo, por el solo hecho de que al no estar el intercambio realizado con esas personas, falta lo fundamental de todo juicio laboral, LOS TELEGRAMAS. Además vos pensá que en el caso de esas dos personas no estan intimados, no hay despido (ya que no les fue notificado), no hay nada. Saludos.
 #719446  por doncarlos8
 
matias256 escribió:Hola, es en provincia por lo que veo, porque si es en Capital antes tendrías que haber pasado por el SECLO.
En cuanto a tu pregunta no hay manera de arreglarlo, por el solo hecho de que al no estar el intercambio realizado con esas personas, falta lo fundamental de todo juicio laboral, LOS TELEGRAMAS. Además vos pensá que en el caso de esas dos personas no estan intimados, no hay despido (ya que no les fue notificado), no hay nada. Saludos.

uff me jorobo entonces?, pero en este caso, el juez lo resuelve al final con la sentencia no?
 #719461  por agentil
 
QUIENES SON ESOS 2 A LOS CUALES NO SE LES MANDO TCL? EMPLEADORES? O RESPONSABLES SOLIDARIOS?
EXPLICA UN POCO MAS PORQUE CAPAZ QUE NO HACIA FALTA QUE LES ENVIARAN TCL.
CON RESPECTO A LO OTRO, ENTIENDO QUE SI NO HAY QUE PRODUCIR PRUEBA EL JUEZ SE DEBE PRONUNCIAR ANTES DE CONTINUAR Y VA CON COSTAS!. SALUDOS!
 #719556  por flux
 
Tengo modo de subsanarlo?
Depende, habria que ver que relacion en la demanda se alegó que tenian esas personas con la persona a quien se intimo por TCL. Si por ejemplo, se dijo que tales personas eran socias de hecho (o al menos se dio a entender eso) de la que si fue intimada, entonces hay solidaridad porque cualquiera representa a la sociedad asi que no necesitas intimar a cada uno (mira la ley 19.550 arts 23 y 24). Si no se dijo nada parecido, trata de alegarlo en la contestacion del segundo traslado, aun cuando no es lo correcto, disimulalo un poco y con eso salvas el hoyo. Por otro lado, la falta de legitimacion en los procesos de la 11.653 no es una excepcion de previo y especial pronunciamiento, asi que no te van a tirar la demanda contra esas personas de primera. Se va a llegar a la vista de causa con todos los demandados, y ahi tenes la posibilidad de con testigos ir introduciendo el tema de la sociedad de hecho.
Quiza teniendo en cuenta que la demanda la hizo otro abogado?
No lo tomes a mal, pero si vas con ese argumento te van a freir..., no es cuestion de cuantos abogados hayan intervenido, sino de que el actor es uno solo y su actividad es unica por mas que haya tenido varios abogados. Igual aclarale al cliente el error de su anterior letrado, cosa de que luego no te diga que el que hizo la macana fuiste vos.