Un trabajador que la comision medica le otorgo 71% de incapacidad total provisoria con fecha de definitiva para 2013. la pregunta es se puede reclamar el pago unico de la LRT art. teniendo la incapacidad provisoria o hay que esperar. alguien planteo alguna vez el pago anticipado por cuestiones de humanitarias y de necesidad?
Sería bueno que consultaras con un médico que pueda evaluar el estado del trabajador ya que lo que puede hacerse es plantear el pedido de que declaren la incapacidad definitiva si es que la persona no tiene posibilidad de mejorar en forma absoluta a lo que le sumarías lo de las cuestiones humanitarias y necesidad y etc. Ahora, si por su estado, está en condiciones de mejorar aunque sea un poco, no te van a dar la definitiva aún.
Dada la infinitiva reclamas: por LRT, $ 100.000 más pago mensual adicional (que podes accionar para que se haga en un solo pago); por LCT el art 212 4to párrafo y, además la Pensión por invalidez
