Hola estimado foro
Quisiera saber su opinión respecto a un trabajador que lo están por despedir y lo preavisaron. Este ultimo consigue trabajo durante el lapso del preaviso. Conforme surge del art 236 de la LCT el trabajador puede extinguir unilateralmente el contrato de trabajo con derecho a la indemnización correspondiente mediante telegrama. Allí lo único que tendría que hacer el trabajador es enviar un telegrama diciendo que haciendo uso de la facultad establecida por el citado articulo extingue el contrato de trabajo. Pregunto dado que mas allá de que surge claramente del articulo es un caso raro y no quiero cometer ningún error.Si alguno tiene jurisprudencia o doctrina sobre el tema le solicito por favor que me la envié.
Desde ya muchas gracias
Quisiera saber su opinión respecto a un trabajador que lo están por despedir y lo preavisaron. Este ultimo consigue trabajo durante el lapso del preaviso. Conforme surge del art 236 de la LCT el trabajador puede extinguir unilateralmente el contrato de trabajo con derecho a la indemnización correspondiente mediante telegrama. Allí lo único que tendría que hacer el trabajador es enviar un telegrama diciendo que haciendo uso de la facultad establecida por el citado articulo extingue el contrato de trabajo. Pregunto dado que mas allá de que surge claramente del articulo es un caso raro y no quiero cometer ningún error.Si alguno tiene jurisprudencia o doctrina sobre el tema le solicito por favor que me la envié.
Desde ya muchas gracias
