Hola Colegas, a ver si alguien puede darme una mano con esto desde la mayor experiencia.. Mi cliente es un empleador, SRL, que quiere demandar a la ART que ha contratado, pues ante el accidente de uno de sus empleados, si bien le reintegró las remuneraciones que mi cleinte abonó a su empleado, no lo hizo conforme el art. 208 de la LCT que debe aplicarse como lo disponen el decreto 1694/09 y Res. MTySS 983/10. Mi duda es que fuero resultaria competente.. ya que ambas partes serian sociedades comerciales, pero entiendo que la materia es laboral. Que les parece? desde ya mil gracias!
mira el tema es simple, hay un incumplimiento contractual, asi que la competencia es un civil y comercial... ya que la relacion laboral no tiene nada que ver con el contrato, y este es un seguro asi que fijate si cuenda uno demanda a una aseguradora demanda al civil....
espero haber dado por respondida a tu duda
