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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #715563  por cristianomar
 
Mi consulta es sobre que liquidación le corresponde a una persona que se jubilo hace 2 años , que siguió trabajando con el mismo empleador y hoy se la despide sin justa causa.
Muchas gracias.
 #716154  por nonbis
 
La misma que le corresponde a cualquier trabajador en actividad. El que sea jubilado no le impide laborar bajo relación de dependencia si cumple con las cargas previsionales. La antiguedad es por todo el tiempo laborativo.-
 #716155  por eltam88
 
LEE JURISPRUDENCIA QUE LA HAY Y ES ABUNDANTE. SI BIEN NO HE TENIDO UN CASO ASÍ PERO CREO QUE LA JURISPRUDENCIA HOY ENTIENDE QUE SE LE ABONA POR LOS DOS AÑOS POSTERIORES A LA JUBILACIÓN.

BUSCA QUE HAY MUCHA JURISPRUDENCIA.
 #716190  por eltam88
 
FIJATE ESE FALLO.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en fecha 5 de
junio de 2009, en el caso "Couto de Capa Irene Marta c/ Areva SA s/ Ley 14.546"
 #806163  por ired
 
Es un tema sobre el cual hay diferentes posturas.- A mi entender la acertada es la que se hace en el plenario Couto de Capa.-

El plenario 231 Couto De Capa, Irene Marta, c/Areva S.A.” estableció que: "Es aplicable lo dispuesto por el art. 253 último párrafo L.C.T. al caso de un trabajador que sigue prestando servicios sin interrupción a las órdenes del mismo empleador, luego del goce del beneficio de la jubilación".-

La interpretación de la minoría (¡una barbaridad!) fomenta que a las personas de 65 años que sean hábiles para seguir trabajando se las despidas o no se las vuelva a tomar.-.Realmente es precupante que existan jueces que no adviertan esto.-