Hola.... como les va?? es la primera vez que participo espero hacer bien la pregunta!!!!El tema es el siguiente...Es un empleado que estaba en blanco y trabajo 18 años... En el mes de octubre del año 2010, en circunstancias que se encontraba trabajando fallecio, segun lo que informaron en el trabajo fue muerte subita...Ahora mi duda es al siguiente... se le pago a la viuda $ 26000 en concepto de indemnizacion... No corresponde ningun otro monto que se le abone?? tampoco le corresponde que le pague la A.R.T.? donde tendria que buscar?? en que ley o no se donde fijarme.. alguien podria ayudarme???? Desde ya muchisimas gracias!!!!!
le deben haber pagado la indemnización prevista en la LCT para el caso de terminación de la relación laboral x muerte del empleado, repasalo hace el calculo y sabrás si lo abonado x el empleador fue correcto.
a la ART por que? si no fue accidente/enfermedad laboral. en todo caso, deberías revisar la póliza del seguro de vida obligatorio.
saludos,
