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 #709044  por SEMPRONIO
 
Qué tal colegas? Se me ha generado una duda respecto de la prueba confesional en un laboral que llevo en pcia. de Bs As.
Los otros días el tribunal citó a mi cliente (el actor) y a la demandada a absolver posiciones. Lo hizo a ambas partes por cédula.
Mi duda es la siguiente, habida cuenta que la demandada designó a su letrada apoderada para absolver posciones y solicitó que sea citada en el domicilio constituído, tengo que enviarle otra cédula o es suficiente con la citación del juzgado???
Leo la 11653 (art. 34) y sigo dando vueltas. Por ahí lo que pregunto es algo sencillo pero francamente tengo dudas.
Gracias de antemano por cualquier orientación.
 #711035  por natalia982
 
pregunta en el Juzgado......pq cada Juzgado tiene su librito....
 #711146  por pepecurdele
 
tenes que notificar al absolvente designado, al domicilio denunciado de ese absolvente