Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • COMO SIGO?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #625481  por alisa
 
Luego de leer unos cuantos posts, aclare algunas dudas pero surgieron otras. Estoy iniciando la ejecucion de un convenio incumplido en sede laboral,
Pedi informe a Personas juridicas de Prov. B.A. y me informan el capital social de la S.A., la cual segun lei no puedo embargar ya que se embargan bienes no capital social.
Ahora bien me dan el nombre del presidente y del director suplente de la Sociedad. El juzgado ya me dio el proveido para pedir oficios al Registro de propiedades la pregunta
es la siguiente: cuando pido informes, pido informes de los bienes de los miembros del directorio?
Estoy en condiciones de pedir que se inscriba el embargo a la S.A.? Por ahi digo una burrada ¿la inscripcion es en personas juridica de la provincia.? Estoy perdida no se como seguir!!!
Quien me ayuda???????igual gracias.
 #625879  por MORGAN
 
no. solo bienes. donde funciona la s.a?
 #626058  por alisa
 
La S.A. funciona en provincia de buenos Aires
 #626061  por MORGAN
 
digo hay un establecimiento?, no sabés con que banco trabajan?, pedí que se libre oficio al banco central a los fines de que informen si la sociedad tal cuit tal posee cuentas y en que entidades.
 #704550  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola . Refloto este topic para preguntar : En el caso de que en el escrito de inicio de la ejecución se haya omitido solicitar embargo alguno, luego de que el Juzgado haya mandado intimar al pago bajo apercibimiento de ejecución ( un colega me asegura que esta es una deformación procesal de algunos Juzgados de Capital, ya que en rigor la ejecución ya está iniciada ; pero esta es otra cuestión ), y el ejecutado no haya pagado en el plazo ordenado :
1 ) Puedo solicitar embargo ahora ?
2 ) Lo más copnveniente, es, como dijiste MORGAN , conocer la existencia de cuentas bancarias ? Y embargar bienes muebles ? ( por ejemplo, instrumental médico, ya que en este caso se trata de una clínica ). Aclaro que se trata de uan sociedad anónima. Tiene alguna incidencia en cuanto a la traba del embargo ?
Cualquier otro aporte sobre el tema será bienvenido. Muchas gracias.
 #704581  por Squonk
 
Estimado Gaston:

El problema cuando embargas muebles, es el secuestro de los mismos, lo que incluye gastos de traslado y de deposito de estos muebles.-
Por eso, como dijo Morgan, es mejor embargar cuentas bancarias.

Saludos cordiales
 #704592  por Squonk
 
Si, por supuesto, solicitá embargo ahora que estas en la ejecución.

Saludos
 #706025  por gaston ramiro gonzalez
 
Buun día .
Squonk escribió:solicitá embargo ahora que estas en la ejecución
Pregunta de Perogrullo : Onviamente, primero debo solicitar oficio al B.C.R.A para que informe en qué entidad/es tiene cuenta el ejecutado, no ? Es decir, no puedo solicitar se decrete un embargo " genérico ", me imagino ? Perdón por preguntar esta burrada. Gracias.
 #706105  por Squonk
 
Si, podes hacer ese embargo que denominas generico, a traves del BCRA.
Saludos