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  • EXISTE LA FIGURA LEGAL DEL TRABAJADOR FULL TIME?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #701337  por mell
 
HOLA NO ME DEDICO MUCHO A LABORAL PERO TENO UN CLIENTE Q ME HIZO UNA CONSULTA REFERIDA A ESTE TEMA. EL TRABAJA EN UNA EMPRESA PRIVADA Y DICE Q ESTA COMO EMPLEADO FULL TIME TRABAJANDO MAS DE 8 HORAS DIARIAS Y NO ESTA COMPRENDIDO EN NINGUN CONVENIO. MI DUDA ES SI EXISTE LA FIGURA LEGAL DE " EMPLEADO FULL TIME". ENCONTRE UN DECRETO 484/2000 ARTICULO 1º. - A partir de la vigencia del presente Decreto, el número máximo de horas suplementarias previsto en el artículo 13 del Decreto Nº 16.115/33, modificado por el Decreto Nº 2882/79, queda establecido en TREINTA (30) horas mensuales y DOSCIENTAS (200) horas anuales, sin necesidad de autorización administrativa previa y sin perjuicio de la aplicación de las previsiones legales relativas a jornada y descanso.
 #701341  por mell
 
PERDON ARRIBA NO TERMINE DE EXPONER MI DUDA,LAS HORAS EXTRAS Q TRABAJA EL EMPLEADO NO ESTAN PAGAS Y EN BASE A LA LEY 11544 (que regula la joranda laboral ) y en base a lo q establece tambien su decreto regalmentario entiendo q esta figura no existe.
SI ALGUIEN SABE DE ALGO AL TEMA O ESTOY EQUIVOCADA POR FAVOR AYUDA! GRACIAS!
 #701345  por DAL
 
Solo si es vigilancia pasiva, tiene una jornada normal de 12 horas, hay un CCT al respecto.
El resto del mundo tiene la jornada normal de la ley 11544, salvo el personal de dirección, que ahora con la reforma de esta ley, esta acotado cargos directivos, quienes normalmente cobran una suma que resulta superior al salario más alto de convenio más las horas extras, justamene por su altísimo nivel jerarquico.
 #701367  por diegoignacio
 
mira si podes da mas datos sobre a que se dedica y en que empresa trabaja porque por lo poco que lei seguro estamos en presencia de un empleado contratado por fuera de convenio, esto quiere decir que su actividad no esta comprendida o es gerente o ejecutivo... para este tipo de trabajos existe esta figura en donde el contrato se negocia,.... en muchos casos son fraudes a la ley ya que se pone fuera de convenio a trabajadores que no estan comprendidos y asi les hacen trabajar horas extras sin abonarselas... sipodes leer empleados fuera de convenio y fijate si es tu caso
 #701690  por mell
 
HOLA GRACIAS DIEGOIGNACIO Y DAL POR SUS RESPUESTAS ES UN EMPLEADO MECANICO EN UNA FABRICA DE GOLOSINAS NO TIENE NINGUN PUESTO DE JERARQUIA. Y ESTA FUERA DE CONVENIO. GRACIAS.
 #701750  por eltam88
 
Horarios de labor 8 hs diarias o 48 semanales. Las horas que por día excedan las 9hs de trabajo son extras. Luego fijate que ocurre con las 48 semanales, las que exceden son extras.
 #702567  por DAL
 
Un mecanico en uan fabrica de golosinas, probablemente corresponda fuera de convenio si el convenio no contempla su puesto, su funcio¿n.
Ahora bien, eso no quiere decir que trabaje mas de 48 semanales sin derecho a horas extras, ver bien la ley 11544
 #703640  por Blarouson
 
Hola. Entiendo, según interprete de la nueva ley sobre jornada de trabajo, que no puede ser más de 48 hs semanales, pero a la vez, que si la jornada diaria se excede de 8hs, comienza a contabilizarse como hs extras. Pego la notacia para que la analicen uds. Sdos

Ley 26.597 - Modificación de la Ley de

Jornada de Trabajo

El 11 de Junio de 2010 se publicó la ley Nº 26.597 que modifica la norma que estipula la duración máxima de la jornada de trabajo. El artículo 1 de dicha ley establece que la duración de la jornada laboral no puede excederse de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque no persigan fines de lucro. Aquellas personas que excedan dicha jornada laboral tienen derecho a cobrar horas extras. Por su parte, el artículo 3 de la ley 11.544 establecía en su inciso a) como excepción a dicho régimen: “cuando se trate de empleos de dirección o de vigilancia”. En este sentido, el decreto que reglamenta dicha ley (decreto 16.115/33) en su artículo 11 establece expresamente, quienes quedan comprendidos dentro de las tareas de dirección o vigilancia. La ley Nº 26.597 ha modificado el inciso a) del artículo 3 de la ley 11.544, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: “En las explotaciones comprendidas en el art. 1, se admiten las siguientes excepciones: Cuando se trate de Directores y gerentes”. De esta manera y como consecuencia de esta modificación, las únicas personas que quedan exceptuadas del cobro de horas extras son los directores y los gerentes, teniendo derecho consecuentemente a percibir dichas horas extras todos los empleados que se desempeñen en posiciones jerárquicas (con excepción de directores y gerentes) y quienes realizan tareas
de vigilancia. Esta modificación y la reducción de la lista de quienes se encontraban exceptuados de las normas relativas a la jornada laboral,
acarrea consecuencias y algunos problemas. No solo introduce una mayor rigidez al sistema obligando al empleador a abonar horas extras a todos los empleados que trabajen más del límite de jornada e incluyendo aún a aquellos que ocupen cargos jerárquicos (en la medida en que no sean directores o gerentes), sino que además introduce serios problemas de interpretación judicial, ya que si bien fue modificada el artículo de la ley artículo 3
de la ley 11.544, no ha sido modificado su decreto reglamentario, (decreto 16.115/33) que en su artículo 11 establece quienes quedan comprendidos dentro de las tareas de dirección o vigilancia. De este modo, si bien es cierto que los términos de la ley deberían prevalecer sobre los del decreto, no podemos dejar de advertir que al haberse modificado la ley y no el decreto que la reglamenta, existiría una contradicción de normas que pueden llegar a ocasionar (en un futuro no muy lejano), problemas de interpretación a la hora de aplicarla.
 #703751  por cesartw
 
Si en el convenio de golosinas no esta contemplado la actividad del empleado mecanico se le puede aplicar otro convenio segun la actividad que realice. En una empresa pueden existir mas de un convenio.