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  • ART. 29 o 30 L.C.T.?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #702563  por danielsur
 
HOLA COMO ESTAN: NO SE, EN QUE ART. SE ENCUADRA EL SIGUIENTE CASO:
ES UN REPARTIDOR DE GASEOSAS DE LA LINEA COCA COLA EN LA PROVINCIA DE JUJUY, AQUI EN JUJUY SOLO TRABAJA COMO DISTRIBUIDORA LA EMPRESA, PERO MI CLIENTE (EL REPARTIDOR), FUE CONTRATADO POR UNA TERCERO QUE TIENE CAMIONES Y ES ESTE QUIEN FIGURA COMO SU EMPLADOR, Y NO LA EMPRESA DE GASEOSAS, QUISIERA SABER SI ESTE TERCERO ES UNA INTERPOSITA PERSONA O SI ES UN CONTRATANTE Y LA PRINCIPAL ES COCA COLA? Y POR ENDE SI EXISTE LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE EL TERCERO Y COCA COLA? YA QUE EL REPARTIDOR ESTABA DEFICIENTEMENTE REGISRADO Y COCA COLA,JAMAS REALIZO EL CONTROL QUE PREVE EL ART.30 PARA EXIMIRSE DE RESPONSABILIDAD.- SALUDOS.-
 #702571  por Romina34
 
para aclarar lo que contas. se trataria que coca cola (o el distribuidor de coca cola en tu provincia) contrato a una empresa x para que le haga la distribución de las gaseosas en los comercios, y tu cliente fue contratado por esta empresa x, correcto?
si es así, la figura sería la del art. 30 LCT, y la responsabilidad del distribuidor quedaría comprometida por no haber hechos los controles que manda el art 30 respecto del personal de la empresa x.
para que se configure el art. 29 LCT tu cliente (empleado de la empresa x) debería estar a las ordenes del distribuidor autorizado x coca cola en tu pcia, es decir, que el distribuidor le de las ordenes, etc, siendo la empresa x solo la que pague el sueldo y emita los recibos de sueldo.
por lo que mencionas (si no entendi mal) la empresa x tendría camiones para hacer repartos, o sea se dedica al reparto o no?, por lo que me parece que sería aplicable el supuesto del art. 30 LCT.
saludos,
 #702651  por eltam88
 
Coincido con ROMINA 34.
 #702699  por flux
 
En la demanda plantea la solidaridad por ambos articulos, al caso, la ley no es exactamente excluyente y si hay un nivel de duda de cual de las dos figuras va, podes pedir las dos y que sea VS quien depure cual se aplica.
 #702785  por Lionel81
 
danielsur escribió:HOLA COMO ESTAN: NO SE, EN QUE ART. SE ENCUADRA EL SIGUIENTE CASO:
ES UN REPARTIDOR DE GASEOSAS DE LA LINEA COCA COLA EN LA PROVINCIA DE JUJUY, AQUI EN JUJUY SOLO TRABAJA COMO DISTRIBUIDORA LA EMPRESA, PERO MI CLIENTE (EL REPARTIDOR), FUE CONTRATADO POR UNA TERCERO QUE TIENE CAMIONES Y ES ESTE QUIEN FIGURA COMO SU EMPLADOR, Y NO LA EMPRESA DE GASEOSAS, QUISIERA SABER SI ESTE TERCERO ES UNA INTERPOSITA PERSONA O SI ES UN CONTRATANTE Y LA PRINCIPAL ES COCA COLA? Y POR ENDE SI EXISTE LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE EL TERCERO Y COCA COLA? YA QUE EL REPARTIDOR ESTABA DEFICIENTEMENTE REGISRADO Y COCA COLA,JAMAS REALIZO EL CONTROL QUE PREVE EL ART.30 PARA EXIMIRSE DE RESPONSABILIDAD.- SALUDOS.-
Me parece que encuadra en las previsiones del Art. 30. Igualmente te recomiendo que busques mucha jurisprudencia y estudies bien el caso porque es bastante complejo este tema. Casualmente estoy por meter una demanda parecida.-
En principio, necesitás 3 requisitos para responsabilizar al Cedente o subcontratista: 1) Que se trate de una actividad normal, específica y propia del subcontratante, cosa que se daría en tu caso; 2) Que la actividad del "empleador directo" complemente o complete la de coca cola, requisito que entiendo, también se da en el caso, dado que coca cola no puede realizar la actividad sin la presencia del distribuidor, es decir, es una "pieza" necesaria para el funcionamiento de la actividad; y 3) Que exista una unidad técnica de ejecución entre ambos empleadores.-
 #702820  por eltam88
 
Me parece que encuadra en las previsiones del Art. 30. Igualmente te recomiendo que busques mucha jurisprudencia y estudies bien el caso porque es bastante complejo este tema. Casualmente estoy por meter una demanda parecida.-
En principio, necesitás 3 requisitos para responsabilizar al Cedente o subcontratista: 1) Que se trate de una actividad normal, específica y propia del subcontratante, cosa que se daría en tu caso; 2) Que la actividad del "empleador directo" complemente o complete la de coca cola, requisito que entiendo, también se da en el caso, dado que coca cola no puede realizar la actividad sin la presencia del distribuidor, es decir, es una "pieza" necesaria para el funcionamiento de la actividad; y 3) Que exista una unidad técnica de ejecución entre ambos empleadores.-[/quote]

Coincido, busca jurisprudencia es un tema muy complejo.
Si litigas en prov BSAS entra a JUBA, ahí encontrarás jurisprudencia.

Si no sabes como entrar te digo. Pone JUBA en google, luego te aparece un cuadro para que pongas las palabras claves respecto de los fallos que pretendes buscar, ahí poné EJ: Solidaridad*laboral o actividad*especifica*establecimiento.
Vas a encontrar mucha jurisprudencia.