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 #700301  por pampa2008
 
Pregunta:
Tengo que realizar un acuerdo espontaneo, mi cliente es la esposa del trabajador que fallecio en epoca que prestaba servicios para la empresa, no fallecio en el trabajo.
El abogado de la empleadora me envio un acuerdo, pero en el mismo dice que se trata de un despido indirecto, esto es por algo en especial o solo fue un error? no se si se perjudica en algo el empleador en colocar la verdadera causa de la extincion laboral (muerte) El trabajador siempre estuvo en negro.
 #700395  por GraceOrtiz
 
No me queda claro, ¿prestando tareas falleció y estaba en negro? Sí me queda claro q no murió en la empresa ni en itinere. ¿q antiguedad tenía?
En caso de muerte del trabajador las personas enumeradas en el art. 38 de la ley 18037 tienen derecho a percibir la indemnización prevista en el art. 248 LCT con la sola acreditación del vínculo y el orden y prelación, sin el cumplimiento de las demás condiciones establecidas para obtener el derecho a pensión por la misma norma. Ojo q si hubiera estado inscripto me parece q tendría el seguro de la empresa y lo de la art. Además le tienen q pagar: remuneración proporcional a los días trabajados en el mes, SAC proporcional a los días trabajados, Vacaciones No Gozadas proporcionales, SAC sobre Vacaciones No Gozadas, el 50% de la Indemnización por Antigüedad. Creo q más o menos tenés p/empezar a hacer la liquidación. Esperamos más rtas de otros colegas. ¿te pasaron una liquidación?
 #700749  por pampa2008
 
gracias poir tu respuesta. El tema es que ya llegamos a un arreglo de indem, por eso vamos a firmar el acuerdo espontaneo. Mi duda radica en lo expresado en el primer post.:
El abogado de la empleadora me envio un acuerdo, pero en el mismo dice que se trata de un despido indirecto, esto es por algo en especial o solo fue un error? no se si se perjudica en algo el empleador en colocar la verdadera causa de la extincion laboral (muerte) El trabajador siempre estuvo en negro.
 #700804  por elnegociador
 
presumo que debe ser en relacion al seguro obligatorio de vida, tenes que ver que numero arreglaste, ademas si estaba en negro el ministerio de trabajo solo registra el acuerdo , para que el mismo sea homologado tiene que ofrecer como indemnizacion el 70% de lo que realmente le corresponderia al trabajador, si el numero es el que mas o menos calculaste que ponga lo que quiera en el acuerdo mientras pague :lol: EXITOS