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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #698976  por EugeA
 
Hola todos quería hacerles una consultas....estoy complicada y no quiero generarle un problema más al cliente.-

Tengo un cliente que tuvo un accidente de trabajo producto del cual se rompió los meniscos. Por ese mismo hecho la ART lo operó 3 veces.-
En esa época (año pasado) el cliente tenía otro abogado, de quien se desvinculó debido a problemas en la etapa de conciliación.-
Hace 15 días me vino a ver y viene con el alta médica (que firmó en disconformidad) pero con una resonancia que se hizo por su obra social.-
Con eso lo hice ver por dos medicos: 1) legista quien todavía no me entregó el informe y 2) por un traumatólogo, quien me dijo que si bien no esta del todo curado podría volver a trabajar haciendo tareas "livianas".-

Ahora bien, cuando me pongo en contacto con el otro colega para arreglar todo lo relativo a la entrega de la documentación, me entero que como tenía poder había iniciado la demanda.- IGUAL TODO EL TEMA DEL COLEGA ESTA RESUELTO COMO CORRESPONDE.-

El juicio por la incapacidad ya esta iniciado y si bien todavía no contestaron la demanda ya se corrió el traslado.-

El problema se me plantea por lo siguiente:

Mi cliente tuvo el accidente a mediados de abril del 2010, es decir, que en días se cumple el año y se vence el plazo de incapacidad transitoria.-
Vencido el plazo, y teniendo en cuenta que en ppio. la incapacidad que tiene mi cliente hoy no va a ser superior al 35%, se acaban las prestaciones dinerarias de la ART?? es correcto??
LA PRIORIDAD ES EL COBRO DEL SUELDO.-

En base a esto, no se que conviene xq por un lado como él tiene buena relación con sus empleadores les llevo los certificados médicos que justificaron las inasistencias de estos días y planteo el tema de las tareas livianas.-
Ellos le dicen que tiene que ir a la Superintendencia y denunciar a la ART, para que continue con las prestaciones médicas.-

Pero mi duda es, si le van a cortar al año las prestaciones dinerarias y ya tengo un juicio iniciado por el tema de la incapacidad NO ES MEJOR QUE VUELVA A TRABAJAR, HACIENDOSE ATENDER POR LA OBRA SOCIAL Y QUE VUELVA A COBRAR EL SUELDO??

Les pido por favor si opinan ya que no se como salir.....

Gracias
 #699005  por MORGAN
 
la ART le dió el alta, no vas a exigirle que determinen incapacidad, ni directamente ni por intermedio de las comisiones médica, porque ya le hicieron el juicio donde calculo que estimaron la incapacidad. por ahí se apuraron a hacer la demanda vaya a saber la razón de ello, especulaciones podemos hacer varias.
el asunto ahora es con el empleador. si el daño está consolidado debe otorgar tareas adecuadas a la incapacidad, si no tiene debe despedirlo y pagar 247 entre otros, ahora, si el daño no está consolidado debe, una vez consumida la licencia, ponerlo en reserva de puesto.