Hola todos quería hacerles una consultas....estoy complicada y no quiero generarle un problema más al cliente.-
Tengo un cliente que tuvo un accidente de trabajo producto del cual se rompió los meniscos. Por ese mismo hecho la ART lo operó 3 veces.-
En esa época (año pasado) el cliente tenía otro abogado, de quien se desvinculó debido a problemas en la etapa de conciliación.-
Hace 15 días me vino a ver y viene con el alta médica (que firmó en disconformidad) pero con una resonancia que se hizo por su obra social.-
Con eso lo hice ver por dos medicos: 1) legista quien todavía no me entregó el informe y 2) por un traumatólogo, quien me dijo que si bien no esta del todo curado podría volver a trabajar haciendo tareas "livianas".-
Ahora bien, cuando me pongo en contacto con el otro colega para arreglar todo lo relativo a la entrega de la documentación, me entero que como tenía poder había iniciado la demanda.- IGUAL TODO EL TEMA DEL COLEGA ESTA RESUELTO COMO CORRESPONDE.-
El juicio por la incapacidad ya esta iniciado y si bien todavía no contestaron la demanda ya se corrió el traslado.-
El problema se me plantea por lo siguiente:
Mi cliente tuvo el accidente a mediados de abril del 2010, es decir, que en días se cumple el año y se vence el plazo de incapacidad transitoria.-
Vencido el plazo, y teniendo en cuenta que en ppio. la incapacidad que tiene mi cliente hoy no va a ser superior al 35%, se acaban las prestaciones dinerarias de la ART?? es correcto??
LA PRIORIDAD ES EL COBRO DEL SUELDO.-
En base a esto, no se que conviene xq por un lado como él tiene buena relación con sus empleadores les llevo los certificados médicos que justificaron las inasistencias de estos días y planteo el tema de las tareas livianas.-
Ellos le dicen que tiene que ir a la Superintendencia y denunciar a la ART, para que continue con las prestaciones médicas.-
Pero mi duda es, si le van a cortar al año las prestaciones dinerarias y ya tengo un juicio iniciado por el tema de la incapacidad NO ES MEJOR QUE VUELVA A TRABAJAR, HACIENDOSE ATENDER POR LA OBRA SOCIAL Y QUE VUELVA A COBRAR EL SUELDO??
Les pido por favor si opinan ya que no se como salir.....
Gracias
Tengo un cliente que tuvo un accidente de trabajo producto del cual se rompió los meniscos. Por ese mismo hecho la ART lo operó 3 veces.-
En esa época (año pasado) el cliente tenía otro abogado, de quien se desvinculó debido a problemas en la etapa de conciliación.-
Hace 15 días me vino a ver y viene con el alta médica (que firmó en disconformidad) pero con una resonancia que se hizo por su obra social.-
Con eso lo hice ver por dos medicos: 1) legista quien todavía no me entregó el informe y 2) por un traumatólogo, quien me dijo que si bien no esta del todo curado podría volver a trabajar haciendo tareas "livianas".-
Ahora bien, cuando me pongo en contacto con el otro colega para arreglar todo lo relativo a la entrega de la documentación, me entero que como tenía poder había iniciado la demanda.- IGUAL TODO EL TEMA DEL COLEGA ESTA RESUELTO COMO CORRESPONDE.-
El juicio por la incapacidad ya esta iniciado y si bien todavía no contestaron la demanda ya se corrió el traslado.-
El problema se me plantea por lo siguiente:
Mi cliente tuvo el accidente a mediados de abril del 2010, es decir, que en días se cumple el año y se vence el plazo de incapacidad transitoria.-
Vencido el plazo, y teniendo en cuenta que en ppio. la incapacidad que tiene mi cliente hoy no va a ser superior al 35%, se acaban las prestaciones dinerarias de la ART?? es correcto??
LA PRIORIDAD ES EL COBRO DEL SUELDO.-
En base a esto, no se que conviene xq por un lado como él tiene buena relación con sus empleadores les llevo los certificados médicos que justificaron las inasistencias de estos días y planteo el tema de las tareas livianas.-
Ellos le dicen que tiene que ir a la Superintendencia y denunciar a la ART, para que continue con las prestaciones médicas.-
Pero mi duda es, si le van a cortar al año las prestaciones dinerarias y ya tengo un juicio iniciado por el tema de la incapacidad NO ES MEJOR QUE VUELVA A TRABAJAR, HACIENDOSE ATENDER POR LA OBRA SOCIAL Y QUE VUELVA A COBRAR EL SUELDO??
Les pido por favor si opinan ya que no se como salir.....
Gracias
