En primer lugar te digo que tenes que olvidarte del LRT. Justamente tenes que encarar el reclamo laboral de la misma manera en que harias el reclamo al dueño del auto que lo chocó. Me refiero sobre todo a la hora de confeccionar planilla de rubros tenes que hacerla como de daños (daño material, daño moral, etc.), no como la tarifada propia del derecho laboral.
Tenes que demandar al empleador por Demanda civil por Indemnizacion integral con fundamento en el 1113 (responsabilidad objetiva, teoría del riesgo), ya que si no tiene ART es directamente responsable.
Por el grado de incapacidad, no te preocupes, se determina en el mismo juicio laboral a traves de una pericial medica realizada por un perito designado de oficio.
Pero no te olvides que la LRT está vigente, y ésta establece que el empleador sin seguro es directamente responsable "de las prestaciones establecidas en esa ley" que se refiere a la tarifada, entonces para demandar civilmente en tu escrito de demanda tenes que plantear la inconstitucionalidad de los arts. de la LRT que establecen las comisiones medicas, la competencia federal, la imposibilidad de demandar salvo dolo (13, 46, 39 LRT), hay modelitos en la web.
Ahora, estos días, lo que tenes que hacer es mandar telegramas a empleador a que registre la relación laboral, abone diferencias salariales, etc. intimando el pago de la totalidad de los daños y perjuicios -responsabilidad objetiva 1113 CC- derivados del accidente..., etc etc sin poner suma reclamada ni porcentaje de incapacidad, asi dejas abierta la via para hacer tu planilla despues tranqui, todo bajo apercibimiento de considerarte gravemente injuriado y despedido.
Te va a contestar negando todo y ahi mandas el otro telegrama dándote por despedido, reclamando todos los montos anteriores mas los derivados de cualquier despido sin causa y ahi si a preparar la demanda.
Bueno espero te haya servido. Saludos.