Cuando el art 15 habla ......de doble de la indemnizacion se refiere a multiplicar por dos la suma que te da por multiplicar las base del calculo por 3 o sea la indemnizacion del 245.es me primera liquidacion y ando muy perdida.... gracias.....
Es igual a una vez mas el 245, 232 y 233 y sus SAC
Es decir si la indem 245 es 1000 por el 15 1000, e igual con los otros.
