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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #696869  por almaro23
 
Hola a todos, les queria consultar, una sra. que cumple los 60 años el 25-05, por moratoria le entran 24 años y 4 meses y no tiene nada de aportes, tiene inscripcion categoria 798, categoria B de autonomos desde el 94 hasta el 2/2007 con una baja de oficio, hice el calculo por mis facilidades de cuanto le saldria pagar lo que le falta, 5 años y 8 meses y me da $ 36000, tb lo liquide a traves de sicam y me da para pagar $34.000. Se puede pagar deuda por sicam o lo tengo que hacer por mis facilidades..? cual es la ley que me habilita..?, luego tendre que pagar la moratoria.

gracias a quien me pueda ayudar
Saludos
Mariela
 #697028  por ISIS
 
arielruiz86 escribió:Se puede hacer de las dos formas.
Para presentarla seria mas fácil que la hicieras por sicam.
 #697047  por arielruiz86
 
Lo que quiere decir el forista es pagar o regularizar deuda de autonomo por lo necesario para completar los años que no le alcanza con la actual moratoria (le falta 5 años y 8 meses).
 #697052  por fabidoc
 
Es que obligatoriamente tiene que estar en SICAM. ISIS es nena. :lol:
 #697056  por ISIS
 
fabidoc escribió:Es que obligatoriamente tiene que estar en SICAM. ISIS es nena. :lol:
Yo interprete que primero queria hacer un plan mis facilidades...y despues la moratoria...con el plan mis facilidades ya cancelado.
Directamente yo no haria el plan mis facilidades y haria en sicam todo el plan, tendria que abonar de contado lo posterior al 9/93,
 #697062  por arielruiz86
 
hugo2 escribió:Perdonen mi ignorancia, como seria pagar los peridos despues de 1993 por sicam ?????????????
Pagar por sicam significa: liquidas el sicam respetando el PUC porsupuesto, miras el detalle de deuda y mandas pagar solo el saldo resultante de este con los form correspondiente y los periodos necesarios (lo demas lo renuncias), y luego volves liquidar procurando que te quede cero el detalle de deuda. La discución podria ser (en todo caso) como pagar o con que formulario pagar dicha deuda visualizada por el sicam, que ya lo supimos plantear en otro post.
 #697069  por fabidoc
 
ISIS escribió:
fabidoc escribió:Es que obligatoriamente tiene que estar en SICAM. ISIS es nena. :lol:
Yo interprete que primero queria hacer un plan mis facilidades...y despues la moratoria...con el plan mis facilidades ya cancelado.
Directamente yo no haria el plan mis facilidades y haria en sicam todo el plan, tendria que abonar de contado lo posterior al 9/93,
Y yo pensé que como cumple la edad en mayo, quería hacer la moratoria y también pagar ese tramo que le falta. Y sí, claro, va todo en el mismo sicam.-
 #697114  por hugo2
 
Ahora comprendo lo que dijeron los compañeros, resumiendo seria : Pargar mes por mes todos los años necesarios pagando capital e interes y una vez que el sicam este en cero presentar la jubilacion.
 #697143  por ISIS
 
hugo2 escribió:Ahora comprendo lo que dijeron los compañeros, resumiendo seria : Pargar mes por mes todos los años necesarios pagando capital e interes y una vez que el sicam este en cero presentar la jubilacion.
Podria ser...pero yo lo haría asi Hugo:
Lo que yo digo es: que haga el plan sicam, lo envie, vaya a "Datos para el pago", elija una fecha de pago, y abone todos los meses de capital e intereses adeudados posteriores al 9/93 (demas esta decir que tiene que llevar los tikets el dia del turno, junto con las cuotas de moratoria vencidas abonadas y sus respectivos tikets).
 #697147  por hugo2
 
ISIS escribió:
hugo2 escribió:Ahora comprendo lo que dijeron los compañeros, resumiendo seria : Pargar mes por mes todos los años necesarios pagando capital e interes y una vez que el sicam este en cero presentar la jubilacion.
Podria ser...pero yo lo haría asi Hugo:
Lo que yo digo es: que haga el plan sicam, lo envie, vaya a "Datos para el pago", elija una fecha de pago, y abone todos los meses de capital e intereses adeudados posteriores al 9/93 (demas esta decir que tiene que llevar los tikets el dia del turno, junto con las cuotas de moratoria vencidas abonadas y sus respectivos tikets).
ISIS, estamos hablando de casi seis años, son una banda de boletas.
Ademas lo que anses acepta es llevar los tickets con el pago se intereses, no de capital.
( La van a sacar a patadas )
 #697149  por hugo2
 
arielruiz86 escribió:Si receptan el principio de bagatela se puede hacer asi.
ariel afloja el tinto donde pones el principio de bagatela si la deuda son 36.000 pesos !!!!!!!!!!!!!!!!!!