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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #693820  por Anab
 
Colegas,

Les hago una consulta, tuve una audiencia en el seclo (voy por la parte actora), en la cual se fijo una nueva para esta semana. El abogado de la otra parte, le dijo a la conciliadora que en la audiencia que viene iba a reconvenir por el certificado de trabajo. Ahora bien, yo no quiero aceptarselo, porque no tiene los verdaderos datos de la relación laboral y así poder reclamar la multa del art. 80. ¿Qué es lo que tengo que decir? ¿Debe quedar constancia en el Acta?

Desde ya les agradezco su colaboración,
Saludos,
Anab.
 #693846  por DrCarlosb
 
Si la demandada reconviene queda asentado en el acta que no los aceptaste.

Es mi postura aceptarlos siempre. Prefiero tener copia de los certificados mal confeccionados y reclamar posteriormemente la multa por esa razón.

Es solo mi opinion. Hay muchos que actuan distinto. El tema es que despues queda en el acta el intento de entrega y tambien se hace muy dificil cobrar la multa.