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  • Inconstitucionalidad ART. Muerte del trabajador

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #690765  por DonLey
 
Buenas. Escribo sobre este tema para ver si alguien me da una opinión diferente o un enfoque distinto que tal vez, no hayo visto hasta ahora.

Caso simple. Muerte del trabajador en ocasion del trabajo, relacion laboral registrada, seguro de vida oblig, ART... acá está la cuestión.

La ART en su art. 18 dispone que en caso de muerte del trabajador, sus derechohabientes serán acreedores de la suma del art. 11 ($ 120.000) ese el monto actual (modif. x dec. 1694/2009) y del art. 15 2do parrado ap. 2. o sea esa "particular" formula facilmente calculable que da un monto significativo, con un mínimo de $ 180.000 (tambien modif. x el Dec. 1694/2009). Si bien la mancionada indemnizacion del art. 11 debe hacerse en forma de pago unico, la del art. 15 segun la ley 24.557 se hara en la forma de "Renta periodica"... lo cual, a la luz de todo análisis es un disparate, afectando diversos art de nuestra C.N.
Si bien existen fallos como "milone" "celis" entre otros... me gustaría saber si alguien tuvo un caso similar y decidio por encarar la inconstitucionalidad de este artículo... analogicamente procede "milone"...

Debo intimar por CD a la ART que que "ofrece" $ 50.000 y la eleccion de una Cia de Seguros de Retiro......... asi que si alguien tuvo un caso de estos agradecería, modelos, jurisprudencia... consejos.. etc..

Muchs gracias.. y aguardo sus comentarios!
 #691519  por arandu2011
 
Hola. Olvidate de las formulas de la LRT. Hoy por hoy ni se mira la ley.
Tenes que encarar el tema como si el trabajador hubiera fallecido en un accidente de transito, solo que en lugar de "citar" a la ART la demandás solidariamente junto al empleador.
Me refiero a accidente de tránsito para que veas que tenes que hacer una planilla de los rubros reclamados (daño moral, etc etc.) sin pensar en las formulas de la LRT.
Obviamente la demanda la tenes que hacer planteando la inconstitucionalidad de los art. de la LRT, 39 para empezar.
En sintesis, mandale CD a los dos (empleador y ART) reclamando la totalidad de los daños etc etc. pero sin poner monto. Ya vas a ponerlos cuando hagas la demanda. Pero por ahora te queda abierta la vía para negociar. Espero te haya servido mi comentario. Soy nuevo en este foro. Saludos
 #691794  por DonLey
 
Hola, antes que nada... gracias por el comentario. Lo pense pero en este caso concreto la "derechohabiente" por si y en representacion de su hijo... no quieren demandar al empleador... por cuestiones de "afinidad.... y otras cuestiones"... no tengo otra que ir solo contra la ART.
En este caso puntual no estoy seguro del acogimiento judicial que pueda tener un planteo de reparacion integral a una ART....es el primer caso que me toca...
 #691802  por agentil
 
tenes que ir por el 1074 del cc. Demostrar que la art tuvo responsabilidad por omisiones en el cumplimiento de sus obligaciones y que tiene una relación causal con el accidente del trabajador. Lee el fallo Suarez Guinbar, torrillo y marchetti en cuanto a los pronunciamientos de la corte. saludos!!
 #691816  por MORGAN
 
se puede exigir en juicio el rechazo de la percepción de la indemnización como renta y reclamar un único pago a la ART.
ahora, si quiere reclamar una indemnización integral solo a la aseguradora no funciona, porque ésta va a traer a juicio al empleador.
reparación integral vienen todos. solo prestaciones a la ART.
 #691822  por arandu2011
 
Coincido con agentil. Tenes que hacer una sola demanda dirigida a la ART planteando inconstituicionalidad de la renta y de las formulas tarifadas y fundar su responsabilidad en el 1074, por no haber hecho los controles de higiene y seguridad y que eso fue lo que contribuyo a producir el daño. Hoy ya no existen dudas en la Jurisprudencia. No coincido que se lo va a citar al empleador. Son responsabilidades diferentes. Quizas la ART lo cite como tercero.
Ahora si no queres que no lo cite ni como tercero y bueno ahi si inicia juicio por las sumas tarifadas de la LRT y obvio es mucho mas facil porque solo tenes que probar el grado de incapacidad. Saludos
 #691824  por arandu2011
 
Ah. No tengas dudas sobre el planteo de admision de responsabilidad integral de la ART. Hoy por aplicación del 1074 la jurisprudencia es casi unanime.
De ultima le hablas al empleador que va a ser citado pero que lo que buscas es en su momento ejecutar a la ART. Saludos