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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #688445  por DRACGUY
 
HOLA FORISTAS! NECESITO ME GUIEN SOBRE COMO MANEJARME EN ESTE SUPUSTO.
HACE MUY POCO ESTOY EN EL EJERCICIO PROFESIONAL Y ES LA PRIMERA VEZ QUE ME SURGE LA POSIBILIDAD DE INTERVENIR EN UN JUICIO LABORAL, YA INIACIADO. Solo hubo demanda y contestacion, Yo intervendria a partir de la proxima audiencia conciliatoria.
El colega a quien originalmente mi cliente firmo poder, es un "amigo", además al cliente se lo llevé yo, cuando aun no estaba matriculada, razón por la cual , hoy, no hay problemas en que participe en el caso. SIENDO MI PRETENSION QUE EL CLIENTE ME FIRME PODER (sin que el mismo implique revocacion del anteriormente otorgado), Y ACOMPAÑAR LAS BOLETAS CORRESPONDIENTES DE APORTES,es decir, que la representacion sería conjunta en este caso.
MIS DUDAS SON: ¿COMO SE REGULARAN HONORARIOS EN ESTE CASO, SIENDO MI INTERVENCION A POSTERIORI DE LA DEL OTRO PROFESIONAL?
¿PODRIAN ENVIARME UN ESCRITO MODELO PARA PRESENTARME EN ESTE JUICIO?
AH! Y OTRA COSA!... EL OTRO COLEGA ME OFRECIO PRIMERAMENTE FIRMARME ÉL MISMO UN PODER PARA QUE YO INTERVENGA. YO DIJE QUE NO, PREFIERO QUE ME LO FIRME EL CLIENTE (del mismo modo que se lo firmó a él). ¿Que diferencia tiene una forma y la otra? (según el profesional ninguna... yo creo que si y basicamente la posibilidad de revocación por parte de él... algo así ... como "estoy en sus manos"...prefiero estar en manos del cliente. ¿Hay otra consecuencia en esta figura de extensión del poder de un colega a otro, ademas de la que yo visialicé?...
MUCHAS GRACIASSSSSSSSSSSSSSS!! ESPERO ME AYUDEN!
 #688496  por Squonk
 
Respuestas:
1) Depende del Juzgado, pero estimo que los honorarios se van a regular en base a las tareas que realizaron realmente cada uno
2) El escrito de presentación es muy simple y lo podes hacer sin necesidad de modelo
3) Interpreto que el colega pretendía hacerte una sustitución de poder a tu favor, algo muy común
Saluti
 #688538  por aryc73
 
La regulacion de honorarios es en base a la ley 8904, que divide el proceso en tres etapas. A tu tocayo le regularan una etapa y a vos dos. Muy sencillo. Lo del poder, vas al tribunal de turno y te firman otro, listo. Suerte
 #688558  por DAL
 
La firma de un poder con idéntico objeto que uno anterior revoca éste, por lo que tu cliente deberá optar por:
a.- Otorgar un poder nuevo a favor de ambos y seguir adelante con el nuevo poder, los dos.
b.- Otorgarte a vos un nuevo poder donde dice expresamente que el presente no revoca el poder otorgado a fulano y que fulano y vos pueden actuar conjunta e indistintamente.