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  • yerno abusador del principio protectorio

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #688055  por carl05
 
Foristas, recurro a sus conocimientos.
Trabajador registardo que trabaja para su suegro. Fecha de inicio correctamente registrada.
Sufre de diabetes, y deja de prestar servicios en Julio de 2008. Vuelve en Septiembre de 2008, trabaja ese mes y no va nunca mas.
Suegro-empleador sigue pagando hasta el día de hoy el sueldo, todo para no tener problemas.

Suegro-empleador recibe carta documento (la semana pasada) donde es intimado a registrar debidamente la relacion dado que el convenio aplicable según yerno-abusador seria smata y no empleados de comercio tal como lo encuadró suegro-empleador.
Las tareas que realizaba yerno-abusador eran venta de combustible, atención en el kiosco, algun cambio de aceite, todo en una estacion de servicios de tipo familiar (no de grandes urbes).

El tema muy probable termine en juicio, que defensas puede oponer el suegro-empleador???
PD: además de empleador es un... La competencia es en Prov. de Bs. As.
 #688080  por MORGAN
 
que defensas va a oponer, es un juicio como cualquier otro.
por lo que contás no sería smata.
que le diga al yerno que lahija va a denunciarlo por abuso sexual.
 #688132  por pipotin
 
cct = comercio , sino esperá la demanda que ya le vá a llegar, una pregunta hay hechas denuncias de la Hija , ? y desués como te dice el colega esperá que le llegue la demanda y respondela en diez días , te digo smata no porque el actor trabajaba en el kiosko vendiendo golosinas bebidas etc.- depende donde te caiga es el tmea ése del abuso , si bien no es un tema extricatemnte laboral insisto depende el juzg que te caiga en suerte para muchos , no se tiene en cuenta, además no fue causal de despido , qué le vas a hacer !!! suerte y saludos
 #688181  por JackieChiles
 
Por lo que relatás no habría deficiencia en la registración (si coinciden fecha de ingreso y remuneración) con lo cual no podrían reclamarte las multas de Leyes 24013 y 25323. Sí en cambio van a estar en discusión las diferencias salariales. Si el ultimo mes que trabajó es septiembre de 2008 (y es por lo que te reclama y no intimó) oponé la excepción de prescripción de la acción que opera a los 2 años. Éxitos
 #688268  por GU
 
Me parece que hay un error de interpretacion. Sino me equivoco, El yerno no es abusador sexual (todos fueron para ese lado). Es abusador del principio protectorio (y aparentemente al principio protectorio le gusta).

Respecto a la consulta, todo a su tiempo: si estas en el intercambio, no corresponde aun hablar de defensas. Se rechaza la intimacion por improcedente, y se lo intima a retomar tareas bajo apercibimiento de considerarlo incurso en abandono (ya que le sigue pagando el sueldo).

Salutes!
 #688297  por MORGAN
 
jaja. no no. había interpretado perfectamente. lo del abuso sexual lo dije parte en broma y parte en serio. en broma porque hablaba de abuso y en serio para que el suegro busque una estrategia drástica de presión para que desista. jajaaaaaaaa al principio protectorio le gusta.
 #688343  por DAL
 
Si, veo que Morgan lo interpretó bien, el resto arrancó para el lado de los tomates.
Yo lo intimaría a retomar tareas, o lo pondría en reserva de puesto. Como se le ocurre tener a un tipo así dos años y medio???? más vale le doy la plata a la hija.

REspecto del convenio, dudo que sea SMATA, hay que ver la jurisdicción, de todos modos, no es un defecto de registración comprendido en la ley 24013, sí puede serlo de los comprendidos en la 25323, que abarca cualquier problema de registración.