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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #681328  por Gyzella
 
Hola colegas: Tengo una nueva clienta con una modalidad de contrato diferente, haber si me pueden orientar un poquito:
Ella trabajaba como mucama en un hotel, de los 12 meses ella trabajaba 10. Su contrato fue registrado primero por temporada y luego eventual, pero en la realidad, ella trabajaba practicamente todo el año, hubo un mes que no trabajo y algunos meses habra trabajado menos dias. Ella estaba con licencia por enfermedad (supuestamente inculpable, aunque es profesional), ya que se lesiono la columna haciendo una tarea en el hotel. Ayer le llega una carta documento diciendo: que habiendo finalizado el contrato por temporada, dan por concluido el vinculo.. algo asi.. y que este pendiente al nuevo llamado.. lea el diario esporadicamente.. el lunes les cuento mas detalladamente lo que dice la notificacion.-
Es una empresa tercerizada de mucamas contratada por el hotel.-
Preguntas:
1.- Para mi es un contrato por tiempo indeterminado, bastante dibujado. Estoy equivocada ???
Lo que no entiendo, es que no haya trabajado 1 mes, pero lo que avala mi postura es que de los 12 meses, tengo recibo de 10 meses ????
2.- Le contesto la CD, reclamando indem x despido atento que el contrato de trabajo no es de temporada sino indeterminado y que le abone los salarios hasta el alta.- Aunque..mejor deberia avisarle que hare la denuncia ante la ART, y en caso de que rechace la dolencia respondera ella.-
3.-Ella estuvo con licencia por 3 meses, y por eso la quieren despedir. Sin perjuico que si fuera inculpable deberia tener hasta 6 meses por tener 2 hijoc.-
4.- La ART le rechazo la lesion por inculpable, asi que le voy a mandar cd para que me lo rechace por escrito y asi despues accionar.-
Escucho opiniones, si alguien las quiere compartir super agradecida que me ayuden a pensar .. jaj
bs
 #681424  por DrCarlosb
 
Para que haya contrato por temporada tiene que estar justificado por la actividad. Y eventual obviamente no es.

Por principio es un contrato por tiempo indeterminado. Encuadralo asi. Ademas la carga de la prueba es del empleador.

Rechazo todo y q aclaren situacion laboral.

Ademas deberias hacer la denuncia en la Art.

pero la estrategia te la dejo a vos. Tenes varias alternativas
 #681460  por Gyzella
 
Hola!! Gracias por responder!!
Para mi es un contrato liso y llano por tiempo indeterminado.
Por temporada: NO, y eventual: Tampoco.-
Pero lo que no me cierra es que no haya trabajado por 2 meses !!!
Estamos en MDP, ciudad netamente turistica, y la rama es hotelera.-
Estrategias tengo, el problema es que me falta que me quede bien clarito este tema.. jaj
bs y gcias, nuevamente.-
 #681595  por DrCarlosb
 
No importa q sea mdp. Por temporada es un centro de ski o la cosecha de caña de azucar.

Como te dije, la carga de la prueba es del empleador. Vos intima y reclama.
 #681684  por laurava
 
Acuedo con lo que te dice carlob, Gise. Ademas tene en cuenta que el contrato por temporada ES UN CONTRATO POR TIEMPO INDETERMINADO. Muy distinto al eventual, que sì es por tiempo determinado.
Puede tratarse de un contrato de una empresa de servicios eventuales con el trabajador (art. 29 lct) En este caso seria un trabajador dependiente y permanente, aunque discontinuo, de la empresa de serv eventuales (no de la usuaria) y estaria obligada a pagarle solo cuando da trabajo. en este caso podria haber despido indirecto si la empresa priva de trabajo por mas de 90 dias en el año, pero no es el caso. Si la empresa de servicios eventuales dio trabajo por mas de 6 meses, creo que se puede considerar ya un trabajador dependiente de la empresa usuaria, pero no estoy segura de esto.
ojo!!!! No es un contrato eventual del art 99, que es por tiempo determinado, sino un contrato indefinido con una empresa de serv eventuales!!!!!!
 #682414  por Gyzella
 
Hola!! Gracias a todos por responder, les cuento un poco mejor la situación ya que hoy le hice el telegrama.-
La empresa le manda cd avisandole que con fecha 28 de febrero termina el contrato por temporada, y que espere el nuevo llamado!!
Yo lo que hice fue rechazar el caracter de temporario, aduciendo que el contrato es por tiempo indeterminado, con prestacion continua.-
Agregue que el trabajador se encontraba con licencia por una dolencia consecuencia de un accidente de trabajo, que la art todavia no se habia expedido al respecto y hasta tanto que se haga cargo él.-
Veremos que pasa.-
Ahora bien, respecto al contrato de trabajo, lo analice de todos lados, y para mi, humildemente, es un contrato por tiempo indeterminado, pero ojo.. el empleador asi lo siguiente: 2 veces al año le liquidaba vacaciones y sac para hacer aparentar un contrato por temporada, donde a la finalizacion se supone que se abonan ambos conceptos, pero mi cliente seguia trabajando normalmente. Creo que al final sera cuestion de prueba..
Uds que opinan ??
bs y gcias.-