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  • ART PRESTACION DE PAGO UNICO (VIA MEDIDA AUTOSATISFACTIVA)

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #682055  por EstebanM7
 
Hola estimados colegas, tengo una viuda de un trabajador que tiene que fallece en un accidente in itinere. La ART acepta el siniestro. Ahora bien a fin de efectivizar la prestación de pago único de la LRT requieren que el trabajador adhiera al sistema de renta vitalicia.

A mi entender dicho requisito es invalido toda vez que de la ley y las reglamentaciones no se exige tal requisito. A mi entender la prestación se debe desde el momento de la muerte y la mora se produce de modo automático con la notificación y el reclamo del pago.

Frente a esta situación y la intimación cursada. Tengo dos posibilidades:

1. Iniciar un juicio de conocimiento invocando la inconstitucionalidad de la renta vitalicia y en la misma demanda plantear una medida cautelar por el monto de la prestación de pago único. Con los consabidos plazos para contestar, notificar, etc.

2. medida autosatisfactiva por el monto de la prestación de pago único. toda vez que la misma es inaudita parte, entiendo que es mucho mas expedita; y luego o simultáneamente juicio de conocimiento reclamando el pago integro del monto que correspondería por la renta vitalicia planteando la inconstitucionalidad de la misma.

Uds. que creen? La medida autosatisfactiva me tienta pero no vi casos análogos. sino que su uso es habitual en temas de salud o enfermedades que requieren tratamiento urgente.

Espero sus comentarios.
Saludos y buen año
 #682131  por MORGAN
 
las medidas autosatisfactivas proceden cuando haya urgencia ó incertidumbre. en este caso no lo veo y estimo que van a rechazártela porque tienen que bilateralizar el reclamo.
 #686501  por lore_rosario2
 
Hola, y si serìa procedente contra una ART y la empresa por prestaciòn de salud?
Mi cliente trabajando en una obra al levantar una bolsa de cemento sufre un tirón: Hernia y le ordenan cirugía de columna.
La art niega el carácter laboral del accidente, la Comisión le da la razón a la ART y ahora está en apelación ante la comisión central.-
Mientras tanto la empresa continuó pagando los salarios hasta que se cumplió el año en que lo dijeron que ya no LE PAGARAN MÁS Y QIE LE RESEVAN EL EMPLEO por un año. Que le mandaron telegrama anunciando conservación del empleo etc etc. (pero el telegrama nunca llegó)
Intimamos por telegrama a que aclare situación laboral y poniendo a su disposición el certificado médico que ordena más días de reposo.- Ahí si contestaron que esta en reserva de empleo y al pedirle la cobertura de la cirugía dicen que tiene que pagar la obra social.
El secretario general de la obra social ya le dijo que tiene que meter un amparo laboral y lo mismo le dijeron en la secretaría de trabajo.
Aparte aunque la Obra social cubriese la cirugía pero la cobertura no es integral tiene que pagar coseguros y para la rehabilitación lo mismo y ya no tiene para pagar eso, si tuvo que dejar la rehabilitación kinésica porque no tiene para trasladarse, porque cada viaje para hacerlo en remise le sale $15 ($30 por día) y no puede.
La idea es si puedo pedir una autosatisfactiva en sede laboral. Es en Formosa y los juzgados laborales son terrorìfico, urgencia para ellos son tres años!! LO único que se me ocurre es autosatisfactiva con habilitaciòn de dìas y horas.
O en su defecto:
1.-Iniciar la acción de daños (dejando pendiente la determinación para cuando se determine la incapacidad)
2.-Un amparo para que le cubra la cirugía la empresa y/o la ART
3.-Cautelar urgente para la cirugía.-
La pregunta es si puedo hacerlo todo en el mismo escrito en el fuero laboral y si puedo pedir que le paguen la remuneración reducida hasta que se determine la incapacidad definitiva
Si se puede pedir lo puedo pedir como cautelar? Tienen alguna jurisprudencia ¿

Paralelamente el médico pide cirugía de columna urgente, asi que por telegrama intimamos a la cobertura de la misma con el objeto de agotar la vía administrativa para poder hacer un amparo pidiendo la cobertura ( Mandamos a la empresa y a la art)
Preguntas:
1.- El amparo con cautelar urgente la hago contra ambos ( ART y empresa)
2.- Si o Si tiene que ser en fuero laboral o es opcional también el civil?
3.- Al pedir la cautelar urgente para que cubran la cirugía puedo pedir también como cautelar que sigan pagando los salarios hasta que se defina la incapacidad definitiva? Porque esto no se puede determinar hasta que se haga la cirugía.-
4.- En la construcción pueden despedirlo estando con licencia por enfermedad? Sin sanciones digo.

Esto sería lo que quiero hacer ya, después viene la ampliación de la demanda por daños para que paguen la discapacidad, daño moral, etc etc por el año que el tipo tuvo que bancarse sin tratamiento y también una demanda porque lo tuvieron seis meses en negro
Gracias