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  • DOMESTICO - AYUDA!!!! DESPISO SIN CAUSA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #678726  por gondip
 
Buenas, ante todo mil gracias por leer el post.
Bueno, necesito ayudaaaaaaa!!!! Urgente. Este es mi primer caso!!!! Pcia de Buenos Aires.
Mi clienta es la empleadora, despidio a su empleada domestica el viernes mandandole telegrama de despido sin causa y diciendole que tiene liquidacion y haberes a dispocision en el domicilio.La tenia en blanco (pagaba el F102) y un poco mas del minimo para su categoria $1.700, trabajando los fines de semana desde Agosto del 2006.
MI PROBLEMA ES CON EL RECIBO que tengo que hacerle para el jueves a las 17:00 que es cuando pasa a buscar su pago.
Pense en hacerlo con cheque (para que quede constancia) y luego de referirme a las dos partes y a la antiguedad incluir la liquidacion para que quede claro el concepto de los montos. Se que debo aplicar el DL 326/56.
Alguien tiene un modelo de recibo, o decirme que requisitos tengo que poner?
Lo hago con firmas certificadas?
Cambia en algo hacerlo en el Min de trabajo?
La empleada en prinicpio esta de acuerdo -obvio viene a buscar plata- y no se quejo por el despido.
Nota: Cuando recibio el telgrama le mando un mensaje a mi clienta diciendo que estaba bien pero le queria decir algo que paso con el marido!! igual no viene al caso...
MIL MILLONES DE GRACIAS COLEGAS, PROMETO RESPONDER EN LO QUE PUEDA!!
 #678814  por LauraS
 
Gondip, mi opinion (y recomendacion) es que lo hagas en el Ministerio de Trabajo. Le va a dar mucha mas tranquilidad a tu clienta y ademas, van a registrar el acuerdo que instrumenten para desvincularse.
 #678866  por MissDoc
 
gondip: tu clienta(la empleadora) no le gustará nada lo que te diré , pero si lo hace ,a futuro te dará las gracias.
La despidió por CD . Entonces para su TOTAL Y ABSOLUTA tranquilidad, deben pasar por ante el Ministerio de trabajo.
La autoridad administrativa te garantiza minimamente para que a futuro no surgan reclamos laborales que luego te sean reprochados a vos como patrocinante.
Lo digo por la experiencia personal y agena de todos y cada uno de los dias como colega.
te mando un saludo.
 #679261  por gondip
 
Ante todo mil gracias Son unos MAESTROS!!
Tengo dos preguntas:
1) Si voy al Ministerio tengo que llevar algun tipo de acuerdo, porque en rigor lo que tengo que registrar es el recibo de la liquidacion que le
da mi clienta a su ex empleada. Digo, no tengo controversia para conciliar.
2) La empleada tiene que ir con patrocinio?
Gracias.
Si alguien tiene alguna forma del "acuerdo" que debo llevar al Ministerio o recibo que debo emitir por la liquidacion que le abona mi clienta por medio de un cheque... se agradece.
 #782838  por doctoraro2
 
Hola colegas! Estoy en casi la misma situación que Gondip...
Lo único es que mi clienta la despidió ayer y todavía no envió nada porque me pidió que me encargara...
Tengo poca experiencia en laboral y no se que aconsejarle.
Estamos en Provincia de Bs As y la mujer estaba en blanco...
Me conviene enviar telegrama?
O quedarme en el molde y que sea ella quien reclame y en ese caso contestar telegrama e intentar arreglar mediante convenio que tenfré que homologar ante juzgado laboral o tengo que ir al ministerio???

Por favor, ayúdenme!
muchas gracias!!!