Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Cheque sin cruzar como medio de pago

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #351105  por PAIDEIA
 
Hola Gente: Tengo la siguiente inquietud: existe alguna resolución del Ministerio de Trabajo (Seclo) o Jurisprudencia que establezca que como medio de pago _en los casos de acuerdo en instancia Seclo_ se deba entregar cheques sin cruzar?
Gracias a todos los que me puedan ayudar
Saludos
 #351355  por PAIDEIA
 
Encontré la respuesta a mi pregunta, aca la dejo por si es de utilidad a algún colega:
Sala VII de la CNAT en los autos "Fundación Favaloro para la Docencia e Investigación Médica c. Cejas,
Selva Y s/consignación" del 14/8/2006 en el que se resolvió ajustada a derecho la negativa de la trabajadora a recibir el pago de
las cuotas de un acuerdo conciliatorio mediante "cheque cruzado no a la orden".
Revista Derecho del Trabajo, La Ley, diciembre 2006, pág.1683
Doctrina Judicial 2007 -1 Pag. 502/503

Saludos
 #353182  por Jusito
 
SI ES PARA EL TRABAJADOR CREO Q HAY UNA NORMA DEL MTSS. PQ UNA VEZ LE QUISIERON DAR A UNA CLIENTA MIA Y EL CONCILIADOR SE OPUSO.
A MI SI, ME LO ENCHUFARON, Y NO PUDE DECIR NI A.-
 #571311  por inechu
 
Lo que no entiendo es porque no admitiria como pago un cheque sin cruzar, si es para cobrar directamente en ventanilla no deberia tener problemas. En el caso de que lo cruce, podria negarse fundadamente.
 #571560  por GU
 
Al ser el cheque cruzado, se lo obliga al trabajador a tener una cuenta corriente o caja de ahorro en la cual depositar el cheque. No todos tienen una cuenta por lo que es logico que no sea una exigencia.

Distinto es el caso del no a la orden, que entiendo que no es un obstaculo para que sea medio de pago.

La resolucion no la tengo, pero esta fue la explicacion que me dieron una vez, y me parecio bastante logica.

Salutes!
 #571577  por celeandre
 
Hola,
Realmente no tengo el nro. de la normativa que hacen referencia. Pero tengo entendido que la resolución no es respecto a los cheques cruzados, sino a eximir al pago del impuesto al cheque para aquellos creditos laborales.
En mi caso en particular les digo que mencionen que el cheque es por un credito laboral (acompañan copia del acuerdo firmado) y los eximen del pago del mismo.
Espero les sirva....
Saludos.