Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • EMBARGO o INHIBICION GENERAL?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #674575  por alisabel
 
Alguien podria aclararme esta duda? Luego de una conciliacion laboral, la demandada, no cumple con el convenio. Antes de ejecutar el convenio y desconociendo bienes de la sociedad
pido informes a los registros del inmueble de capital y pcia. y del automotor: no surgen bienes. Solamente me informan desde en personas juridicas, que la sociedad existe con un escaso capital societario.
La pregunta es la siguiente: que puedo hacer?, como se trata de un restaurant pense en embargar los muebles del lugar y tambien la caja de lo que se recauda de los clientes del lugar, ¿puedo pedir embargo y en el mismo escrito inhibicion general de bienes o tengo que pedir el emabargo y de acuerdo a si responden o no pedir la inhibicion? Escucho sugerencias...gracias *leo*
 #675289  por Babop
 
Hola, si podés acreditar que la sociedad no tiene bienes ni cuentas bancarias, tendrás que iniciar la ejecución y luego solicitar se designe interventor recaudador en los términos del art 223 CPCCN (en capital federal). Pero fijate que la norma indica que se debe realizar a falta de otra medida cautelar eficaz. Es probable que te hagan oficiar al BCRA para que indique si la empresa posee cuentas bancarias. Si ello llegara a ocurrir, te sugiero que solicites al juez te autorice a librar oficio al BCRA a fin de solicitarle tenga a bien emitir una circular a las entidades bancarias nucleadas bajo su orbita para que informen si la demandada "xxxx S.A." CUIT.............. posee cuentas bancarias y, en caso afirmativo, indique en qué entidad y sucursal.

Saludos,
 #677798  por alisabel
 
babop muchas gracias por tu respuesta. En el escrito de iniciacion de la ejecucion ademas de solicitar se designe interventor recaudador, puedo pedir conjuntamente a esta medida, la inhibicion general de bienes? Saludos