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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #677573  por samyaragon
 
hola a todos!! tenia una clienta con la cual habiamos cerrado el intercambio telegrafico y llegado a cerrar las mediaciones contra la empresa donde trabajaba, el tema es que esta mujer fallecio antes de ayer sin haberme firmado la demanda, mi duda es si los hijos en representacion pueden firmarme la demanda o ellos no tienen derecho y finiquito la cuestion, estoy segura de que los hijos en representacion no pueden suplantar la voluntad de la madre fallecida, pero habiendo pruebas fehacintes de que mi clienta queria entablar la demanda laboral no se si cabe la posibilidad de que me firmen los hijos. mil gracias y perdones por la ignorancia pero soy nueva. saludos!!!
 #677746  por maremoto
 
no tenés poder firmado? si la respuesta es si podés presentar la demanda y a posteriori informas al juzgado para que se presenten los herederos. LCT habla de los herederos.
 #677752  por MORGAN
 
los herederos, -hijos, padres- y esposo, pueden reclamar los créditos del muerto, por supuesto que si están controvertidos deberán acreditar tal cual le tocaba hacerlo al muerto.
pueden firmar la demanda como herederos, acreditando el vínculo con los instrumentos que correspondan y pedir el traslado tranquilamente. después el juez te dirá si deben obtener declaratoria ó no. hay jueces que lo piden al principio, otros una vez iniciada, otros nunca.
 #680833  por GU
 
Como te dijo Morgan, el juicio pueden iniciarlo los hijos en su caracter de derechohabientes.

Les correspondera si, acreditar los extremos en cuestion (no se como quedara la confesional si la pide la demandada).

Salutes!