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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #675417  por lorena Chavez
 
Hola consulta colegas una clienta mando el tcl intimando procedan a blanquearla, y no mando el tcl afip pq no lo llevo al correo!!!despues de una semana me informa de ello!! hoy lo manda, pero no es lo correcto!! hasta el momento del juicio no hay problema no? ya que en las concialiaciones no se chequea documentacion, como lo piloteo si llego a juicio? no puedo alegar esto que expuse, espero comentarios saludos
 #675569  por paolaelizabeth
 
hola, el telegrama es extemporaneo ya que la ley te fija plazo, la multa no vas a poder pedir la multa. Creo que es de 48 horas. para la proxima manda las dos comunicaciones juntas y las dos por tcl.
saludos.-
 #675581  por doblecuervo
 
En realidad el telegrama se debe enviar dentro de las 24 horas hábiles siguientes.
De todas maneras si llegas a juicio, resulta aplicable el art. 1 de la ley 25323 cuando se verifica una relación parcialmente registrada y el trabajador intimó, pero el juez estableció que dicho emplazamiento no reunía los requisitos del art. 11 de la ley 24013.
Espero te sirva. Saludos