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  • servicio domestico o locación de servicio

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #674032  por matiasm
 
Buen día a todos, necesito su ayuda, tengo una clienta que prestaba trabajo como servicio domestico, pero solo lo hacia por tres horas diarias de lunes a viernes, queda encuadrado en servicio domestico o es una simple locación de servicio. La misma fue despedida de forma verbal, no estaba registrada. la intimo por 24013?....ayuda-
gracias
 #674076  por BFAbogada
 
Estimado matiasm el Decreto Ley 326/56 de Servicio Doméstico en el art. 1 establece que " El presente decreto ley regirá en todo el territorio de la Nación las relaciones de trabajo que los empleados de ambos sexos presten dentro de la vida doméstica y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, no siendo tampoco de aplicación para quienes presten sus servicios por tiempo inferior a un mes, trabajen menos de cuatro horas por día o lo hagan por menos de cuatro días a la semana para el mismo empleador..

En caso que no se cumplan dichos requisitos, la relación se rige por el Código Civil (locación de servicios).

Asimismo para los trabajadores de servicio doméstico lamentablemente no son de aplicación las multas establecidas en la Ley 24.013. Tampoco son de aplicación las sanciones establecidas en la 25.323, así como tampoco la multa del Art. 80, por ser la Ley de Contrato de Trabajo.

Saludos