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  • AYUDA!!! TRABAJABA JORNADA COMPLETA Y LE ABONABAN LA MITAD.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #672126  por Mariano369
 
Necesito ayuda con una demanda laboral!! El tema es asi: mi cliente trabajo durente dos años en una pizzeria. Si bien trabajaba la jornada completa, su empleador le abonaba el salario de media jornada y figura asi en sus recibos de sueldo.
mi cliente manda carta docmento para que le paguen las sumas adeudadas y el empleador niega que trabajaba la jornada completa.
Probar esto ultimo es facil, pero se me complica con la liquidacion. Que montos reclamo por diferencia salarial? y como calculo la indemnizacion por despido? ( aclaro que mi cliente se dio por despedido por injuria laboral y aconomica despues de haber intimado al pago)
ademas tengo dudas sobre como encuadrar la situacion, me podrian ayudar con eso? Muchas gracias
 #672133  por laurava
 
La mala registracion es causal de despido indirecto. Asi la tenes que encuadrar. La liquidación la tenes que hacer en base al salario devengado, o sea, el que debería haber cobrado. Los rubros son los de liquidacion final (con diferencias salariales: le restas al sueldo que debia cobrar por jornada completa, lo que cobró realmente), mas indemnizaciones, mas multas
 #672166  por Mariano369
 
laurava escribió:La mala registracion es causal de despido indirecto. Asi la tenes que encuadrar. La liquidación la tenes que hacer en base al salario devengado, o sea, el que debería haber cobrado. Los rubros son los de liquidacion final (con diferencias salariales: le restas al sueldo que debia cobrar por jornada completa, lo que cobró realmente), mas indemnizaciones, mas multas
Muchas gracias por responder Laurava, a ver si me quedo claro. para la diferencia salarial, le resto a lo que debia ganar lo que gano mes a mes? es decir, le resto el monto que aparezca en cada recibo como percibido?
otra cosa, mi cliente intimo a que se le abone las diferencias bajo apercibimineto de considerarse despedido, no intimo a que lo registren por la jornada completa. puedo alegar eso igualmente como causa de despido en la demanda? o con que no le hayan abonada las diferencias es suficiente?
Perdon por tantas dudas, recien estoy empezando con la profesion!
 #672183  por laurava
 
A lo primero, sí. es asi. Ahi ya obtenes las diferencias salariales. lo haces mes por mes y sumas todo.
Cuando haces la liquidacin final, tomá como base de cálculo el salario que debía cobrar, o sea, indemnizacion del 245, dos sueldos que debería haber cobrado. Ademas SAC proporcional, vacs proporcionales, sac sobre vacs, preavviso con sac y si hay, integracion del mes de despido El tema es que si en los telegramas no reclamaste la mala registracion (ley 24013), ya estas medio en el horno para reclamar las multas (y ley 25323) Igual cuando vayas al SECLO intentá ir con una liquidacion bien hecha, poniendo las multas de estas leyes. Y tambien en la demanda, si llegan a juicio. Pero no se si tendras suerte, ya que hay que reclamarlo en los telegramas. Por lo que decis, entiendo que solo reclamaste las diferencias salariales.....
 #672277  por Mariano369
 
laurava escribió:A lo primero, sí. es asi. Ahi ya obtenes las diferencias salariales. lo haces mes por mes y sumas todo.
Cuando haces la liquidacin final, tomá como base de cálculo el salario que debía cobrar, o sea, indemnizacion del 245, dos sueldos que debería haber cobrado. Ademas SAC proporcional, vacs proporcionales, sac sobre vacs, preavviso con sac y si hay, integracion del mes de despido El tema es que si en los telegramas no reclamaste la mala registracion (ley 24013), ya estas medio en el horno para reclamar las multas (y ley 25323) Igual cuando vayas al SECLO intentá ir con una liquidacion bien hecha, poniendo las multas de estas leyes. Y tambien en la demanda, si llegan a juicio. Pero no se si tendras suerte, ya que hay que reclamarlo en los telegramas. Por lo que decis, entiendo que solo reclamaste las diferencias salariales.....
si, es verdad, no pedi regularizacnion, solamente diferencias salariales, pero las multas de artr 1 y 2 de la ley 25323 segun tengo entendido corresponden igual.
la intimacion solo es para las multas de ley 24013. Es asi?