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  • Hernia de disco

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #671659  por draferchu
 
Hola! necesito saber por favor si hay alguna norma que agregue a la hernia de disco dentro del listado de enfermedades profesionales. :?:
 #671926  por Gyzella
 
No hay ninguna norma. Tenés que plantear la inconstitucionalidad del listado y fundamentar que la hernia es consecuencia directa e inmediata de las labores desarrolladas en el ambito laboral.
 #683184  por laurava
 
Alguien sabe si hay jurisprudencia que haga lugar a la hernia de disco como enfermedad laboral?
 #683722  por Gyzella
 
ENFERMEDAD LABORAL. AFECCIÓN COLUMNARIA. Discopatía. REALIZACIÓN DE TAREAS DE ESFUERZO. Labores de revisión de prendas de vestir. Traslado y arrastre de paquetes de mercadería. Aplicación del Art. 1113 del Código Civil. Relación de causalidad adecuada. RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA EMPLEADORA. Procedencia. Reparación de perjuicios. Indemnización del DAÑO MATERIAL y del DAÑO MORAL. Procedencia
“López Marta Beatriz c/ R.A. Intertrading S.A. y otro s/ accidente - Acción Civil” – CNTRAB - 26/10/2010
“Es daño causado por el riesgo de la cosa, el que deriva de la acción causal de una cosa, sin que media autoría humana…” (Llambías Jorge Joaquín Tratado de Derecho Civil - Obligaciones - Tomo IV, p. 627 y sgtes.). Los extremos fácticos aquí examinados, revelan que las tareas desarrolladas por el actor encuadran en las prescripciones de la normativa civil (arts.1113 y conc. del Código Civil). Sobre el punto no es posible soslayar que resulta aplicable la doctrina emanada del Fallo Plenario Nro.266 de esta Cámara ( “Pérez Martín c/Maprico S.A.” [Fallo en extenso: elDial.com - AA577F], del 27/12/1988), en el sentido de que “…en los límites de la responsabilidad establecida por el art.1113 del Código Civil, el daño causado por el esfuerzo desplegado por el trabajador para desplazar una cosa inerte, puede imputarse a riesgo de la cosa” (L.L. 1989-A-561) (confr. esta Sala in re "Saucedo Miguel Angel c/Proactiva Avellaneda S.A. y otro s/accidente - acción civil", S.D. 85.460 del 24/4/09).”
“Lo expresado al explicar la etiología de la discopatía acerca de la importancia del proceso de envejecimiento en los cambios degenerativos de los discos intervertebrales, no basta para descartar la incidencia de los esfuerzos en la enfermedad detectada. Además, cabe tener en cuenta que no agregó la demandada a autos ni el examen preocupacional, ni los exámenes periódicos de ley.”
“Es el juzgador quien posee la atribución privativa de establecer la causalidad/concausalidad y debe partir de dicho dictamen, pues descartada o receptada la pretendida relación con fundamentos científicos serios, debe estarse a ella, sólo pudiendo apartándose del dictamen médico cuando el mismo carece de rigor científico. Cabe agregar que si el experto recepta como posible la relación de la incapacidad con una modalidad de prestación de tareas determinada, el juicio de la causalidad debe completarse de conformidad con la totalidad de la prueba rendida en la causa. Conforme el análisis que antecede, estimo que en el caso de autos se cumplen las condiciones mencionadas, para que el trabajo realizado por la actora para la empresa demandada, hubiera podido actuar como factor eficaz y causal de la patología columnaria que padece.”
“El fallo de primera instancia debe ser revisado, porque existen elementos que permiten establecer el nexo causal de la discopatía aludida con las tareas prestadas por la demandante para su empleadora y, por ende, admitir el reclamo indemnizatorio formulado en autos con fundamento en las normas de los arts. 1109 y 1113 del Código Civil.”
Citar: [elDial.com - AA661C]
 #683724  por Gyzella
 
ENFERMEDAD LABORAL. AFECCIÓN COLUMNARIA. Hernia discal. Mozo de salón. LABORES QUE EXIGÍAN LA REALIZACIÓN DE ESFUERZOS FRECUENTES Y REPETITIVOS DE LA COLUMNA -TRANSPORTE DE BANDEJAS, PLATOS Y FUENTES-. Relación de causalidad adecuada. COSA RIESGOSA. Aplicación del Art. 1113 del Código Civil. RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA EMPLEADORA. Procedencia. ART. Falta de acreditación de la existencia de estudios médicos periódicos sobre la salud del trabajador. Incumplimiento culposo de los deberes a su cargo. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. Procedencia. Cuantificación de perjuicios
“C. J. E. c/ Mapfre Aconcagua ART S.A. y otro s/ accidente – accion civil” – CNTRAB - 16/11/2010
“La experta informó que dicha afección resulta atribuible al tipo de trabajo realizado por el actor si se acredita el hecho de transportar las bandejas, a lo que añadió que el tipo de trabajo descripto en la demanda concuerda con los mecanismos de producción de una hernia discal como la detectada.”
“La enfermedad de la columna vertebral que padece el actor (hernia de disco cervical) se halla en una relación causal adecuada con el riesgo de las cosas, que la empleadora demandada tenía bajo su guarda, esto es los platos y fuentes con comida y la bandeja con la cual se retiraban los elementos del servicio. Por ello, ante la ausencia de prueba del carácter inculpable de la afección que las accionadas alegaron en el responde (especialmente, en cuanto refiere a la ausencia de un examen preocupacional que evidencie la preexistencia de la afección, ni los periódicos establecidos por la ley 19.587), concluyo que en el caso se encuentran debidamente reunidos los presupuestos fácticos que tornan procedente la responsabilidad de la sociedad empleadora, con fundamento en el artículo 1113 del Código Civil.”
“En el caso, las constancias de autos no acreditan la realización de exámenes médicos periódicos con estudios radiológicos, que hubiesen permitido a la empleadora reubicar oportunamente al trabajador en tareas que no le demandaran los esfuerzos, sin obligarlo a adoptar posiciones que desencadenaron o agravaron su afección de columna. Tal proceder de la aseguradora constituyó un incumplimiento culposo a deberes legales a su cargo, que autoriza a responsabilizarla solidariamente por el resarcimiento íntegro del daño, con fundamento en el artículo 1074 del Código Civil.”
Citar: [elDial.com - AA674A]

Espero te sirva! bss
 #685477  por laurava
 
Muchisimas gracias Gise. Me sirve un montón. Bssss
 #708705  por peladomartin2010
 
puedo plantear como enfermedad laboral a un cliente que lo hechoron en mayo de 2009, esta por prescribir pero me quedan un par de dias todavia, el durante toda la realcion laboral tuvo problemas de hernia de disco justamente por problemas del trabajo, tabajaba en una empresa de materiales para la construccion, en las prubea tengo que desde hace varios año viene con el problema, ahora me conviene hacer una demanda contra el ex empleador casi dos años despues por enfermedad laboral