el tema es así:
El Sr. X muere mientrás se encontraba trabajando en relación de dependencia.
X tuvo un hija extramatrimonial con una mujer (B) y luego se caso con mi clienta (A), con quien tuvo otro hijo.
Al momento de la muerte, mi clienta se encontra aún casada con X, quien a su vez mantenia una relación paralela con la madre de su primer hija (B).
X tenia un seguro de vida SIN designación de beneficiarios
Yo inicie la declaratoria por A (esposa) y su hijo.
B también inicio por otro lado: declaratoria y sumaria información para acreditar el concubinato.
Los exptes se apiolaron y se termino la declaratoria donde se declaran herederos a mi clienta, y a los dos hijos (hijo de A e hijo de B). NO a la concubina.
En la sumaria información no se acompañan pruebas de importancia, solo testigos.
EL fiscal pide que se me corra una vista donde yo hago mi descargo y tambien ofrezco testigos (no tenia nada mas, ni una foto! - es gente muy humilde-). y todo queda ahi desde el año pasado. El abogado no hizo nada mas.
Cuando sale la declaratoria, la presento en la cia de seguros junto con un escrito intimando el pago.
Ellos acceden pero retienen la parte que supuestamente, según ellos, le correspondería a la concubina en caso de que logre acreditar el concubinato. ESTO ES CORRECTO??? (la cia compareció también en la sumaria inf y además el abogado mando Carta doc informando el hecho).
De esto hace ya 4 meses y en vista de que el expte esta paralizado, la situación podría mantenerse indefinidamente así... la cia se basa en los arts 53 y 54 de la 24241.
Nosotros el pago lo aceptamos a cuenta y tengo pensado intimarlos bajo apercibimiento de accionar judicialmente y hacer la denuncia en la superintendencia de seguros. ESTA BIEN??
GRACIAS POR COLABORAR!
El Sr. X muere mientrás se encontraba trabajando en relación de dependencia.
X tuvo un hija extramatrimonial con una mujer (B) y luego se caso con mi clienta (A), con quien tuvo otro hijo.
Al momento de la muerte, mi clienta se encontra aún casada con X, quien a su vez mantenia una relación paralela con la madre de su primer hija (B).
X tenia un seguro de vida SIN designación de beneficiarios
Yo inicie la declaratoria por A (esposa) y su hijo.
B también inicio por otro lado: declaratoria y sumaria información para acreditar el concubinato.
Los exptes se apiolaron y se termino la declaratoria donde se declaran herederos a mi clienta, y a los dos hijos (hijo de A e hijo de B). NO a la concubina.
En la sumaria información no se acompañan pruebas de importancia, solo testigos.
EL fiscal pide que se me corra una vista donde yo hago mi descargo y tambien ofrezco testigos (no tenia nada mas, ni una foto! - es gente muy humilde-). y todo queda ahi desde el año pasado. El abogado no hizo nada mas.
Cuando sale la declaratoria, la presento en la cia de seguros junto con un escrito intimando el pago.
Ellos acceden pero retienen la parte que supuestamente, según ellos, le correspondería a la concubina en caso de que logre acreditar el concubinato. ESTO ES CORRECTO??? (la cia compareció también en la sumaria inf y además el abogado mando Carta doc informando el hecho).
De esto hace ya 4 meses y en vista de que el expte esta paralizado, la situación podría mantenerse indefinidamente así... la cia se basa en los arts 53 y 54 de la 24241.
Nosotros el pago lo aceptamos a cuenta y tengo pensado intimarlos bajo apercibimiento de accionar judicialmente y hacer la denuncia en la superintendencia de seguros. ESTA BIEN??
GRACIAS POR COLABORAR!
"El progreso moral y desarrollo de una nación
puede medirse por el trato que reciben sus animales"
MAHATMA GANDHI
puede medirse por el trato que reciben sus animales"
MAHATMA GANDHI
