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  • enfermedad prof, que pasa al año???

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #671054  por romis_lm
 
tengo un cliente con una incapacidad temporaria, le estan pagando lo que seria equivalente al sueldo, ahora se cumple un año, tiene alguna importancia, modifica algo???, por lo que yo averigue la incapacidad deja de ser temporaria para ser permanente, pero en los hechos, no se bien como seguir. Lo evaluara una junta medica, le fijara un porcentaje de incapacidad y en base a eso le pagaran?
Si alguien me puede guiar un poco.muchas gracias!
 #671158  por Gyzella
 
L.R.T
ARTICULO 7° — Incapacidad Laboral Temporaria.

1. Existe situación de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) cuando el daño sufrido por el trabajador le impida temporariamente la realización de sus tareas habituales.

2. La situación de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) cesa por:

a) Alta médica:

b) Declaración de Incapacidad Laboral Permanente (ILP);

c) Transcurso de un año desde la primera manifestación invalidante;

d) Muerte del damnificado.
 #671160  por Gyzella
 
Despues del año, se le tiene que declarar el % de incapacidad si es que lo tiene y abonarle la misma.-