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  • Enfermo psiquiatrico!!

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #669655  por seisdedos
 
Buen día Foristas! Desde ya les agradezco el tiempo. Mi duda es el siguiente. vino al estudio una señora cuyo marido se desempeña en una constructora, y actualmente se encuentra internado en una clinica psiquiatrica con Depresion. Ya en agosto del año pasado tuvo un intento de suicidio por bipolaridad, y una internacion, de la cual le dieron un alta con posibilidad de trabajar media jornada, pero el empleador lo hizo trabajar jornada completa.- el tema es que ahora esta internado desde principios de año, sin salida, conforme lo indica certificado de la clinia, y el empleador le esta adeudando la primer quincena de enero y desde el mes de agosto que le esta descontando horaas por enfermedad, cuando no deberia por ya que por ser enfermedad inculpable, deberia seguir cobrando. Que me convendria hacer? Yo esboce este TCL(que iria firmado por la mujer y que el no puede salir a enviarlo):
Encontrándose mi cónyuge, ...... internado “sin salida” desde el día 03/01/2010 conforme surge de los certificados que obran en mi poder y que pongo a su disposición en el domicilio ut supra indicado, no teniendo fecha estimada de alta, y conforme lo establecido por el art. 21 Ley 22.250, encúadrese su situación en la licencia por enfermedad inculpable, por consiguiente, conmino a Ud. a abonar los salarios correspondientes al mismo en la Cuenta…………….-
Asimismo, INTIMO plazo fatal y perentorio 24 horas de recibido el presente ABONE, por eL mismo medio, el salario correspondiente a la 1ra. Quincena del corriente mes de Enero asi como el REINTEGRO de las sumas debitadas en carácter de “enfermedad” desde el mes de Agosto de 2010 hasta el corriente, debiendo abstenerse en el futuro de realizar tales deducciones, de conformidad con lo establecido en el mentado Art. 21 Ley 22.250.-

Estan de acuerdo?? Los medicos dicen que se trata de un cuadro de depresion por stress laboral, podria pedir cobertura de ART??
Desde ya mucha gracias
 #669668  por Gyzella
 
En realidad si el trabajador tiene una enfermedad profesional deberian hacer la denuncia ante la ART, por lo tanto tu telegrama a intimar en virtud del 208 no corresponde.-
O le pagan enfermedad inculpable o le pagan por enfermedad profesional por medio de la ART.-
Lo que tenés que decidir es que camino vas a tomar porque las soluciones muy distintas.Ojo!!!
 #669684  por seisdedos
 
gracias por tu rta.! Lo que no se si la depresion podria pasar como enfermedad profesional, xq de ser asi inicio el tramite, pero tengo entendido que no. No se si me explico. Gracias igual
 #669729  por DAL
 
En realidad, si no va a trabajar desde enero de 2010, este señor agotó su licencia por enfermedad, que es de hasta seis meses, paga. Entonces no cobra porque se le terminó la licnecia paga. El empleador validamente podría dar por terminada la relación laboral, sin pagar más salariosy cobrando el trabajador el fondo de cese y el de desempleo. Cosa que por otra parte, no se por que no hizo hasta ahora.
Esta segura que encuadra enla construcción???
 #669748  por seisdedos
 
Si, encuadra en la construccion, pero no va a trabajar desde Enero de este año. se podria contar a la depresion como enfermedad profesional?? Gracias
 #669770  por seisdedos
 
Se comunico la Sra. diciendo que no quiere hacer nada por ahora, asiq igual muchas gracias!!!!